Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 13 de Abril de 2022, expediente COM 005831/2020/2/CA001

Fecha de Resolución13 de Abril de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

5831/2020 - Incidente Nº 2 – SARTOR SA s/ QUIEBRA s/INCIDENTE DE

APELACION (ART. 250 CPCCN)

Juzgado N° 30 - Secretaría N° 60

Buenos Aires, 13 de abril de 2022.

Y VISTOS:

  1. G.H.T. y G.M.T. apelaron los puntos 5.d), 5.f) y 14 del decreto de quiebra agregado a fs. 27/47-pág. 25/33-, en cuanto dispuso su interdicción de salida del país, un pedido de informes y su inhabilitación. Su memorial de fs. 95/99 fue contestado por la sindicatura a fs.

    102/103.

    La Sra. Fiscal de Cámara dictaminó a fs. 109/115.

  2. Al decretar la quiebra de Sartor SA el Sr. juez dispuso la interdicción de salida de los recurrentes (v. pág. 28 agregada a fs. 27/47, punto 5. d), el libramiento de un oficio a fin de conocer sus domicilios y demás datos (v. pág. 28

    incorporada a fs. 27/47 punto 5. f) y su inhabilitación por el término de un año (v.

    pág. 32/41, punto 14, de fs. 27/47).

    En sus quejas los apelantes señalaron que la última designación de autoridades societarias fue el 30.07.2009 cuando se eligió a G.H.T. como único director y presidente y a G.M.T. como director suplente, quien nunca ejerció el cargo. Agregaron que posteriormente, en el marco del expediente “W., L.A. c/ Sartor SA s/ Ordinario”, en trámite ante el Juzgado en lo Comercial N° 3, Secretaría N° 5 se ordenó la intervención plena con desplazamiento de autoridades de la fallida, habiendo procedido la interventora a anular los poderes vigentes e inscribiéndose dicha circunstancia ante la IGJ. Destacaron que desde esa fecha y hasta el decreto de quiebra, no realizaron ningún tipo de actividad en la sociedad, por lo que consideraron que las medidas dispuestas en el decreto de quiebra son lesivas a sus derechos constitucionales y su buen nombre y honor.

    Continuaron diciendo que a mediados del año 2007 se entregó la documentación societaria al Juzgado Nacional en lo Criminal N° 34, Secretaría N°

    117 en el marco de las actuaciones “Winograd, L A s/ Defraudación por Fecha de firma: 13/04/2022

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

    Administración Fraudulenta”, mientras que en el año 2017 se entregó la restante a la interventora designada en la causa “Winograd, L. c/ Sartor SA s/ Ordinario”,

    por lo que carecen de toda documentación societaria.

    Sostuvieron que debido a la fecha en que fue decretada la quiebra -

    12.06.21-, el...

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