Sentencia de Sala 2, 23 de Abril de 2015, expediente CFP 010864/2013/2/CA002

Fecha de Resolución23 de Abril de 2015
EmisorSala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 10864/2013/2/CA2 CCCF - Sala 2 CFP 10.864/2013/2/CA2 “V., H. L.

s/falta de acción”.

J.. Fed. n° 9 – S.. n° 18.

Buenos Aires, 23 de abril de 2015.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- El querellante en autos, Sr. H L V, interpuso recurso de apelación contra el decisorio que luce a fs. 39/45 vta., a través del cual el Sr.

Juez de grado dispuso hacer lugar a la excepción de falta de acción por inexistencia de delito planteada por los querellados – R. L A, L. A, y J. delV.-, y en consecuencia ordenó su sobreseimiento.

II- Los suscriptos han de coincidir con el a quo en punto a que las pruebas colectadas permiten descartar la comisión de los delitos previstos en los arts. 109 y 110 del Código Penal.

En efecto, los elementos de la causa muestran que, en el caso, existió un entredicho que involucró a miembros (docentes y alumnos) del Instituto Nacional de Derecho Aeronáutico y Espacial. Las diferentes versiones al respecto, además de llevar a la cuestión probatoria a un punto insuperable de duda, revelan claramente que (incluso estando sólo a la posición que tomó la querella) no se han cometido delitos en los términos denunciados, amén de la interpretación que cada uno de los actores pudiere tener sobre lo acontecido.

Además, esas posturas controvertidas han tenido su ámbito natural de debate en el expediente administrativo n° 2.496.002 de la Dirección General de Educación de la Fuerza Aérea Argentina -agregadas al legajo principal a fs. 2/3, 4/5, 8/10, 14/5, y 17/20-, donde fueron tomadas las declaraciones correspondientes y se resolvió “ (…) imponerle al suboficial V-. la sanción disciplinaria de apercibimiento, prevista en el artículo 15 del anexo IV de la ley Fecha de firma: 23/04/2015 Firmado por: H.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.G.F...

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