Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 24 de Mayo de 2016, expediente COM 004644/2010/2

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala B

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL S.B. 4644/2010/2P.R. s/QUIEBRA s/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO DE FRETTE, MARIO VALENTIN.

Juzgado n°14 - Secretaria n°27 Buenos Aires, 24 de mayo de 2016.

Y VISTOS:

  1. Ambas partes apelaron la resolución de fs. 318/325 que estimó en forma parcial la verificación del crédito insinuado. Las memorias de fs. 335/341 y fs. 350/350 bis fueron respondidas a fs.

    344/348, 360/363, 353/355 y, 365/366.

    La Sra. Fiscal dictaminó a fs. 373.

  2. Los argumentos expuestos por el incidentista quejoso no logran desvirtuar el acierto de la decisión apelada; sus agravios no explican los supuestos yerros contenidos en la resolución atacada. Por el contrario, son reiteración de lo manifestado en escritos anteriores, postulando una visión diversa a la de la Magistrada de la anterior instancia, mas sin rebatir los fundamentos en que ésta sustentó

    su decisorio.

    Se queja que se haya admitido la compensación a favor de los locatarios y fijado el valor locativo omitiendo lo contractualmente pactado, sin controvertir los fundamentos en que se Fecha de firma: 24/05/2016 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ANA

    1. PIAGGI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #24175642#150946208#20160524121541150 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B basó el decisorio, los cuales encuentran debido sustento en las probanzas cumplidas tanto en este proceso como en sus acumulados, como a continuación se reseñará.

      2.1. La compensación de gastos fue admitida porque “los daños producidos en el inmueble... configura un incumplimiento de la obligación plasmada en el art. 1514 del CCiv. y en el propio contrato, relativa al estado en que debía ser entregada la cosa objeto de la locación, pues... tenía vicios estructurales que fueron la verdadera causa de los daños, cuya reparación resultaba imprescindible... por lo que las consecuencias de vicios ocultos que determinaron la imposibilidad de uso para la finalidad pactada, deben ser asumidas por el locador por las reglas comunes de responsabilidad” (fs. 321 vta.). Para ello tuvo en cuenta la sentenciante “la pericia de arquitectura... prueba... decisiva pues cuanto más técnica sea la cuestión sometida a decisión judicial, mayor será la importancia” de tal probanza (fs. 321 vta.).

      La aludida peritación obra a fs. 193/196 del proceso acumulado (expte. N° 4644/2010/1) y da cuenta que “la ‘Tormenta severa a temporal’, según la denominación efectuada... por el Servicio Meteorológico Nacional... (afectó al inmueble) ...construido con ciertas imprevisiones... (siendo las más afectadas) ...las construcciones con...

      techos metálicos... que el viento... hizo volar... (y) ...produjo la caída de tabiques poco resistentes...”.

      Fecha de firma: 24/05/2016 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ANA

    2. PIAGGI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #24175642#150946208#20160524121541150 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL S.B. Explicó el perito arquitecto que “la construcción preexistente afectada... puso en evidencia la falta de resistencia de los tabiques de ladrillos de 15 cm de espesor sin refuerzo estructural a los cuales estaban vinculadas las cubiertas metálicas, por lo cual al volar los techos por efecto del temporal, esos tabiques se desplomaron por la acción envolvente de los vientos”; afirmó que “el refuerzo estructural... (debió ser) ...muros portantes de...

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