Incidente Nº 2 - IMPUTADO: PEREYRA, KARINA LORENA s/INCIDENTE DE EXCARCELACION

Fecha21 Enero 2019
Número de expedienteFSM 151221/2018/2/CA001
Número de registro33

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

Causa N° 151221/2018/2/CA1 (8813), C.: “Incidente Nº

2 - IMPUTADO: PEREYRA, K.L. s/INCIDENTE

DE EXCARCELACION”, del Juzgado Federal de Campana … ,

SecretariaPenal Nº 3

Registro de Cámara: 8769

M., 18 de enero de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa de K.L.P., contra la resolución de Fs. 8/9 que dispuso no hacer lugar a su excarcelación, bajo ningún tipo de caución (A.. 317 inc. 1°, en función del 316, segundo párrafo,

a contrario sensu

y 319 del Código Procesal Penal de la Nación).

La encausada se encuentra cautelada, por resolución firme, como prima facie autora del delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad transporte.

L., cabe señalar que se coincide con la decisión de primera instancia.

En efecto, debe indicarse que esta Alzada viene sosteniendo que ante delitos relacionados con el comercio de estupefacientes, no se puede dejar de valorar la gravedad del hecho basado en la trascendencia e inquietud general que la conducta ilícita implica, el daño social y la extensa potencialidad lesiva hacia la salud pública que generan estos ilícitos (Cfr., entre otras, FSM 40622/2016/3/CA1 (8078). “Inc.

Excarcelación de M.S.J., resuelta por la Sala, el 13 de septiembre de 2017, Reg. N° 8128 de esta Secretaría).

-1-

Fecha de firma: 21/01/2019

Firmado por: M.D.F.,

Firmado por: A.A.L.,

Firmado por: J.P.S.

Firmado(ante mi) por: C.G.B., SECRETARIO DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

Causa N° 151221/2018/2/CA1 (8813), C.: “Incidente Nº

2 - IMPUTADO: PEREYRA, K.L. s/INCIDENTE

DE EXCARCELACION”, del Juzgado Federal de Campana … ,

SecretariaPenal Nº 3

Registro de Cámara: 8769

A su vez, la Cámara Federal de Casación Penal al señalar la especial gravedad y particular actualidad de esta clase de delitos, ha dicho que son otros de tantos elementos de juicio a los que debe atenderse al resolver la procedencia del derecho requerido. Así, el Estado argentino ha asumido compromisos internacionales al ratificar la Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, lo que impone la necesidad de atender al daño que este tipo de ilícitos genera y su potencialidad lesiva para el cuerpo social (CFCP, S.I., c. 9.957, “GALEANO,

N. s/ Rec. de...

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