Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 19 de Octubre de 2020, expediente FCT 002222/2020/2/CA001
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
FCT 2222/2020/2/CA1
Corrientes, diecinueve de octubre de dos mil veinte.
Y Vistos: la causa caratulada “Incidente de Excarcelación de D.,
W.S. p/ Infracción Ley 23.737”, E.. Nº FCT 2222/2020/2/CA1 del
registro de este Tribunal, proveniente del Juzgado Federal Nº 1 de esta ciudad de
Corrientes.
Considerando:
Que a fs. 15/19 la Defensa deduce recurso de apelación contra la resolución
obrante a fs. 09/13 mediante la cual el juez a quo decretó no hacer lugar al pedido de
excarcelación peticionada en favor del imputado W.S.D..
Impreso el trámite de ley, se fija la audiencia de informe prevista en el art.
454 del CPPN (según ley N° 26.374 y lo dispuesto por mayoría mediante Acordada
N° 82/10 de esta Cámara), llevada a cabo la cual y habiéndose aguardado un tiempo
prudencial, se verificó por Mesa de Entradas y Salidas del Tribunal la falta de
presentación del memorial sustitutivo por parte del recurrente, quien se hallaba
legalmente notificado respecto de la realización de dicho acto y de las consecuencias
procesales que aparejaba el incumplimiento de la obligación impuesta mediante
providencia de fecha 01/10/2020.
En consecuencia, encontrándose acreditado el incumplimiento de la parte
apelante, en punto a la presentación del referido informe de ley, se arriba a la
conclusión de que deberá hacerse efectivo el apercibimiento de fecha 01/10/2020 y
tenerse por desistido el presente planteo impugnativo, en consonancia con lo
establecido en el segundo párrafo del art. 454 del código de rito (Cfr. ley N° 26.374 y
Acordada N° 82/10 de esta Cámara).
Por lo que resulta del acuerdo que antecede, SE
RESUELVE:
Tener por
desistido el recurso de apelación interpuesto por la defensa del encartado Wilfredo
Sebastián D., en función de lo dispuesto en el art. 454, segundo párrafo, del
CPPN (según ley 26.374 y Acordada N° 82/10 de esta Alzada).
R., notifíquese, comuníquese al Centro de Información Judicial de la
Corte Suprema de...
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