Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 14 de Julio de 2020, expediente FMZ 021198/2016/17/2/CFC002

Fecha de Resolución14 de Julio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

FMZ 21198/2016/17/2/CFC2

CARRION, M.M. s/recurso de casación

Registro nro.: 831/20

Buenos Aires, 14 de julio de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

La S. I de la Cámara Federal de Casación Penal bajo la presidencia de la señora jueza, doctora Ana ́

Maria Figueroa, e integrada por los señores jueces, doctores Diego G. ̃

Barroetavena y D.A.P. como vocales, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en los decretos 260/20, 297/20, 325/20, 355/20, 408/20,

459/20, 493/20, 520/20 y 576/20 del Poder Ejecutivo Nacional (PEN); Acordadas 4/20, 6/20, 8/20, 10/20,

12/20, 13/20, 14/20, 16/20, 18/20 y 25/20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), y Acordadas 3/20, 4/20, 5/20, 6/20, 7/20, 8/20, 9/20, 10/20,

11/20, 12/20, 13/20 y 14/20 de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en el presente legajo FMZ 21198/2016/17/2/CFC2 del registro de esta S. I, caratulado: “CARRION, Manuel ́

Miguel s/recurso de casacion”.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Juan, en fecha 30 de diciembre del 2019

    resolvió: “(1°) No hacer lugar a la excarcelación de M.M.C., solicitada por su defensa”.

  2. Que, contra esa decisión, el defensor público oficial E.J.C. interpuso el recurso de casación en estudio, el que fue concedido por el tribunal a quo. En la misma oportunidad, hizo reserva del caso federal. Posteriormente solicitó que se habilite la feria judicial extraordinaria.

  3. Que de las constancias traídas a conocimiento de esta instancia por intermedio del Sistema de Gestión Judicial LEX100 surgen elementos para habilitar la feria judicial extraordinaria dispuesta como consecuencia de la emergencia pública Fecha de firma: 14/07/2020

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

    FMZ 21198/2016/17/2/CFC2

    CARRION, M.M. s/recurso de casación

    sanitaria (Decretos 260/20, 297/20, 325/20, 355/20,

    408/20, 459/20, 493/20, 520/20 y 576/20 del PEN,

    Acordadas 4/20, 6/20, 8/20, 10/20, 12/20, 13/20,

    14/20, 16/20, 18/20 y 25/20 de la CSJN y Acordadas 3/20, 4/20, 5/20, 6/20, 7/20, 8/20, 9/20, 10/20,

    11/20, 12/20, 13/20 y 14/20 de esta CFCP, ya mencionados).

  4. Que si bien las resoluciones que involucran cuestiones como la aquí planteada resultan equiparables a sentencia definitiva ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible, tardía o insuficiente reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela...

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