Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 8 de Agosto de 2019, expediente FSA 001364/2019/2/CA002

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 1364/2019/2/CA2 Salta, 8 de agosto de 2019.

Y VISTA:

Esta causa nro. FSA 1364/2019/2/CA2 caratulada: “Incidente de Excarcelación de E.M., J. s/ infracción ley 23.737” originaria del Juzgado Federal de Tartagal y; RESULTANDO:

1) Que se elevan estas actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de J.E.M. en contra del auto del 22/2/19 por el que se le denegó su excarcelación (fs. 8/11).

A fs. 12/13 y vta. el recurrente señala que la resolución le causó agravio porque no se expresó de manera objetiva y circunstanciada cuáles serían los riesgos procesales que concurrirían en caso de concederse la libertad a su asistido.

Por su parte, el Defensor Oficial ante esta Alzada refiere que quedó demostrado que su pupilo cuenta con arraigo en la jurisdicción del tribunal; que posee familia constituida, trabajo y carece de antecedentes penales, por lo que solicita que se adopten medidas menos lesivas de la libertad como la vigilancia mediante algún dispositivo electrónico de rastreo o el arresto domiciliario (cfr. fs. 25/33).

2) Que el F. General S. sostiene que no corresponde hacer lugar al recurso de apelación, ya que el delito por el cual E.M. se encuentra procesado -transporte de estupefacientes- tiene una pena que excede el Fecha de firma: 08/08/2019 Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C. 1 Firmado(ante mi) por: M.V.C.O. #33163060#240979438#20190808101944655 máximo establecido por la ley para la concesión del beneficio, a la vez que su mínimo impide que la eventual condena sea de ejecución condicional. Además, se refiere a la gravedad del hecho que se le imputa al encausado y a que restan medidas pendientes de producción, circunstancias que hace aplicable una restricción de mayor entidad coercitiva ante su riesgo de fuga (cfr. fs. 34/36 y vta.).

CONSIDERANDO:

1) Que J.E.M. fue detenido (junto a su consorte de causa S.M.V.)

el 15/2/19 y procesado, con prisión preventiva el 20/5/19, en razón de que se le incautó 90 cápsulas con 1 kilo y 307 gramos de cocaína que llevaba ocultas en su equipaje (secuestrándose a su consorte de causa también 90 cápsulas con 1 kilo y 375 gramos de la misma sustancia, resultando un total de 2 kilos y 672,76 gramos), todo lo cual fue descubierto por personal de la Gendarmería Nacional, en un control de prevención en la ruta nacional 34 (a la altura del kilómetro 1482), paraje...

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