Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 3 de Septiembre de 2019, expediente FLP 002311/2008/2/CA003
Fecha de Resolución | 3 de Septiembre de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL FLP 2311/2008/2/CA3 c.9584/III Plata, 3 de septiembre de 2019.
VISTO: este expediente FLP 2311/2008/2/CA3, caratulado “Incidente de prescripción de acción penal de FARCY, J.M. en autos ‘F., J.M. por uso de documento adulterado o falso (art. 296) falsificación documentación automotor´”, procedente del Juzgado Federal n° 3, Secretaría Penal n° 8, de esta ciudad; Y CONSIDERANDO:
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El caso.
Llega la causa a esta instancia para tratar el recurso de apelación planteado por la defensa de J.M.F. (fs. 74/76) contra la decisión de fs. 69/72 y vta. que no hizo lugar al planteo de prescripción que efectuase.
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Antecedentes de la causa.
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Las alternativas fundamentales del trámite están sucintamente referidas en las anteriores resoluciones de la Sala -al intervenir en los legajos FLP 2311/2008/CA1 y CA2, de fs.
49/52 y 64/66 vta.- correspondiendo remitirse a ellas, por razones de brevedad.
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Luego de la última de ellas se pidieron los antecedentes actualizados de los imputados que resultaron negativos (fs. 67 y 68)
y, a continuación, el juez resolvió
desfavorablemente sus pedidos de prescripción y señaló audiencias para que los mismos declaren ampliando sus indagatorias (fs. 69/72 y vta.).
La defensa de F. apeló esa decisión insistiendo en la prescripción de la acción en relación al delito de estafa y planteando, asimismo, el exceso en el plazo razonable del proceso (fs. 74/76 y 80).
Fecha de firma: 03/09/2019 Firmado por: C.A.V. , Firmado por: ANTONIO PACILIO, Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #33438892#243015243#20190903104152694 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL FLP 2311/2008/2/CA3 c.9584/III Ese planteo es el que motiva la actual intervención de la Alzada.
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La decisión y el recurso.
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El juez destacó que el pedido de ampliación de las declaraciones indagatorias, en orden al delito de estafa, fue obstaculizado por los planteos de los imputados respecto a la prescripción.
Explicó que, en el caso, el delito de estafa constituye una unidad de hecho con otra figura típica, que es la del uso de documentación apócrifa, y por ello “(d)icha conducta no es susceptible de ser escindida en su consideración jurídica” exponiendo que, así, la prescripción debe regirse por esa unidad.
A continuación analizó la prescripción, refirió que el primer llamado a declarar es del 10 de octubre de 2012 y que, entonces, la misma no se produjo.
Finalmente, rechazó el...
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