Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 19 de Septiembre de 2019, expediente CFP 003776/2019/2

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 3776/2019/2 CFP 3776/19/2 “T, D s/recurso de casación”.

J.. Fed. n° 11 - Sec. n° 21.

Buenos Aires, 19 de septiembre de 2019.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El remedio resulta formalmente procedente en tanto fue presentado ante el Tribunal que dictó el fallo recurrido en el plazo previsto por la ley procesal, por quien se encuentra legalmente facultado para hacerlo y con interés en recurrir.

A su vez, se trata de una resolución equiparable a sentencia definitiva, tal como indican reiterados pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto de decisiones que como la impugnada restringen la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa, ocasionando un perjuicio de imposible reparación ulterior, por afectar un derecho que requiere tutela inmediata (CSJN, Fallos 307:549, 308:1631 y 314:791, entre otros).

Por otro lado, en la medida en que se ha cuestionado la inteligencia otorgada por este Tribunal a normas que reglamentan la imposición de restricciones a la libertad ambulatoria durante el proceso, bajo la pretensión de que la interpretación efectuada contraría disposiciones y derechos consagrados por pactos internacionales con jerarquía constitucional, el remedio...

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