Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 9 de Enero de 2019, expediente FPO 007563/2016/TO02/6/2

Fecha de Resolución 9 de Enero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 7563/2016/TO2/6/2 Posadas, 8 de enero de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente Incidente de Ejecución Nº FPO N° 7563/2016/TO2/6/2, caratulada "ROLÓN, R.M. s/

INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS” (en Expte. P.. Nº FPO 7563/2016/TO2/6 caratulado “ROLÓN, R.M. s/ Ejecución de Sentencia”), la procedencia de las salidas transitorias solicitadas por el encartado R.M.R.; Y CONSIDERANDO:

Que, el 19 de junio del año 2.017, el Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal de Federal de Posadas, dictó sentencia de conformidad a las normas del Juicio Abreviado en la causa Nº FPO N° 7563/2016/TO2, caratulada "ROLÓN, R.M. s/ Infracción Ley 23.737” del registro de ese Tribunal, condenando a R.M.R., titular del DNI n°

35.010.332, de nacionalidad argentina, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, MULTA MÍNIMA, ACCESORIAS LEGALES y COSTAS, declarándolo REINCIDENTE POR SEGUNDA VEZ COMO AUTOR penalmente responsable del delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES, (arts. 5 inc. “c”, de la ley Nº. 23.737, y art. 12; 21, 29, inc. 3º, 45 y 50 del C. Penal). Conforme al cómputo obrante en autos cumplió

la mitad de la condena el día 6 de octubre del año 2018 y agotara la misma el día 6 de octubre del año 2020.

E. alojado en la Colonia Penal de Candelaria (U-17), cumpliendo la pena señalada, presentó escrito en el cual peticiona su incorporación al RÉGIMEN DE SALIDAS TRANSITORIAS ORDINARIAS DEL PERÍODO DE PRUEBA DE LA PROGRESIVIDAD DE LA PENA, a lo que la Dirección de la U.17 del S.P.F. de Candelaria, adjuntó los informes correspondientes y ésta M. solicitó informes actualizados al Registro Nacional de Reincidencia, a fin de resolver la presente incidencia.

Fecha de firma: 09/01/2019 Alta en sistema: 10/01/2019 Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.M.C., SECRETARIA #33022252#225296375#20190108185352001 De las documentales remitidas por la Unidad 17 del S.P.F. surge que el domicilio propuesto para el goce de dicho beneficio se sitúa en el domicilio del grupo familiar origen, sito en la avenida Belgrano s/n, Barrio Los Lapachos de la localidad de H.I., provincia de Misiones, lugar en donde reside su padre J.A.R., tutor propuesto y aprobado por el área social respectiva.

Se destaca también su desenvolvimiento durante la privación de libertad, no presentando problemas de convivencia y tiene un buen desenvolvimiento entre la población penal, por lo que es merecedor de un buen concepto. Su tránsito por las diferentes etapas de la Progresividad del Régimen Penitenciario ha demostrado su buena predisposición al cumplir con la totalidad de los objetivos propuestos en los diferentes aspectos que conforman el Programa de Tratamiento Individual, el interno ha cumplido satisfactoriamente con los objetivos propuestos en su...

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