Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 20 de Febrero de 2018, expediente FRE 014772/2017/2/CA002

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 SISTENCIA, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil dieciocho.

VISTO:

El expediente registro de Cámara N° FRE 14772/2017/2/CA2:

INCIDENTE DE INCOMPETENCIA en autos ‘AWSTIN, ENVYS ELFYN

POR INFRACCIÓN LEY 23.737’

, proveniente del Juzgado Federal Nº 2 de esta

ciudad, del que RESULTA:

  1. Que vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud

    de la traba de competencia suscitada entre el Juzgado Federal Nº 2 de esta ciudad y

    el Juzgado Federal Nº 2 de Rawson, provincia de Chubut, al haber ratificado el

    primero la declaración de incompetencia territorial oportunamente decretada (fs.

    69/73).

    OFICIAL 2. Que a fs. 46/47 del presente incidente se agrega el escrito

    del Defensor Público Oficial, G. J. M., por el que plantea la

    incompetencia territorial (art. 37 del CPPN) del Juzgado Federal Nº 2 de

    USO Resistencia. Sostiene que las presentes actuaciones se iniciaron a raíz de un control

    de la Policía Aeroportuaria dentro del Aeropuerto de esta ciudad, donde se interdictó

    una encomienda que contenía cuatro bultos enviados desde la sucursal de la empresa

    Andreani de la ciudad de Corrientes y con destino final a Rawson, provincia de

    Chubut, que contenían material estupefaciente.

    Por tal razón, afirma que en esta jurisdicción se interrumpió en

    forma casual el trayecto que debía realizar la encomienda, no siendo ninguno de los

    implicados procedentes de esta ciudad (remitente ni destinatario), solicitando la

    remisión a la causa al Juzgado de Corrientes o Chubut, según corresponda.

  2. A fs. 54/59, la Jueza Subrogante –Dra. Z.–

    declara la incompetencia del Juzgado a su cargo para seguir entendiendo en la

    presente causa, en razón del territorio (art. 37 CPPN), ordenando la remisión de la

    misma al Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Rawson, provincia

    de Chubut, que en turno corresponda.

    En ese sentido, luego de reseñar los antecedentes de autos la

    Juzgadora concluye que no obstante haber sido detectado el envío de sustancias

    presumiblemente estupefacientes en esta jurisdicción, de conformidad a la

    Fecha de firma: 20/02/2018 Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.L.R., Secretaria #31151930#198624726#20180220101122042 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 modalidad delictiva desplegada el Tribunal a su cargo resulta incompetente. Al

    respecto destaca que su intervención se dio en un lugar intermedio entre el punto de

    origen y de destino final de dicho material, entendiendo que el Juzgado Federal de

    Rawson se encuentra en mejores condiciones de asumir la competencia de la

    investigación y actos instructorios restantes.

  3. Remitidas que fueran las actuaciones al Juzgado Federal de

    Rawson que en turno corresponda, a fs. 61/65 vta. se agrega el dictamen emitido por

    el Fiscal Federal, F..

    A través del mismo y luego de un detallado examen de las

    presentes actuaciones, el representante del Ministerio Público Fiscal considera que

    el Juez Federal Subrogante Nº 2 de R. no debe aceptar la competencia

    atribuida.

    OFICIAL Para ello alude a los antecedentes de la causa, señalando que

    luego de la interdicción de la caja sospechosa se procedió a su apertura, la que

    contenía cuatro bultos (tres de ellos de una sustancia color verde amarronada que

    USO arrojó resultado positivo para cannabis sativa, y el restante que dio positivo para

    clorhidrato de cocaína), con un peso total de 5.589,5 gramos, los que –resalta–

    fueron sustituidos por ladrillos de construcción para continuar con la pesquisa

    respecto de los involucrados.

    En ese orden de ideas, sostiene que la Jueza Federal Subrogante

    Nº 2, motivó y ordenó disponer el seguimiento y...

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