Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 18 de Enero de 2018, expediente FPO 006807/2014/TO01/4/2

Fecha de Resolución18 de Enero de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 6807/2014/TO1/4/2 Posadas, 18 de enero de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente Incidente de Ejecución FPO N° 6807/2014/TO1/4/2 caratulado “DOMINGUE ISMAEL s/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS” (en Expte. P.. FPO N°

6807/2014/TO1/4 caratulado “ARMOA PATROCINIA y DOMINGUE ISMAEL s/Legajo de Ejecución Penal”), la procedencia de las salidas transitorias solicitadas por el encartado ISMAEL DOMINGUE; Y CONSIDERANDO:

Que, el 15 de setiembre del año 2.016, el Excmo.

Tribunal Oral en lo Criminal de Federal de Posadas, dictó sentencia de conformidad a las normas del Juicio Abreviado en la causa FPO N°

6807/2014/TO1 caratulada “ARMOA PATROCINIA y DOMINGUE ISMAEL ARMOA PATROCINIA y DOMINGUE ISMAEL s/Contrabando de Estupefacientes Artículo 866, párrafo Código Aduanero en Tentativa”, condenando a ISMAEL DOMINGUE, paraguayo, titular de la C.I (Py) Nº 1.189.557, a la pena de CUATRO AÑOS Y DIEZ MESES de prisión, accesorias legales y costas como COAUTOR penalmente responsable del delito de CONTRABANDO DE IMPORTACION DE ESTUPEFACIENTES EN GRADO DE TENTATIVA (artículos 863, 866, segundo párrafo en función del artículo 871 del Código Aduanero -Ley 22.415- y artículos 12, 29 inciso 3° y 45 del Código Penal); revocando la condicionalidad de la pena de DOS AÑOS de prisión, accesorias legales y costas impuesta por ese Tribunal Oral por el delito de Transporte de Estupefacientes en calidad de partícipe secundario en la causa FPO 121/2013/TO1 caratulada “Q.M.Á. y Otros s/Infracción Ley 23.737 (art. 5 inc. “c”)” y UNIFICÓ ambas penas imponiendo a ISMAEL DOMINGUE la PENA UNICA de CINCO AÑOS Y SEIS MESES de prisión, accesorias legales y costas como partícipe secundario penalmente responsable del delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES y del delito de CONTRABANDO DE IMPORTACION DE ESTUPEFACIENTES EN GRADO DE TENTATIVA en concurso real (artículo 5 inciso “c” de la Ley 23.737 y su modificatoria; artículos 863, 866, segundo párrafo en función del artículo 871 del Código Aduanero -Ley 22.415 y artículos 12, 21, 29 inciso 3°, 45, 55 y 58 del Código Penal)

Que, del cómputo de pena practicado en autos principales surge que ISMAEL DOMINGUE cumplirá el tiempo requerido Fecha de firma: 18/01/2018 Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.M.C., SECRETARIA #30627240#197412849#20180118084321677 para alcanzar el período de Libertad Condicional el 12 de abril del año 2018.

E. alojado en la Colonia Penal N° 17 de Candelaria, cumpliendo la pena señalada, la defensa del causante presentó escrito en el cual peticiona la incorporación al RÉGIMEN DE SALIDAS TRANSITORIAS ORDINARIAS DEL PERÍODO DE PRUEBA DE LA PROGRESIVIDAD DE LA PENA, a lo que la Dirección de la U.17, adjuntó los informes correspondientes y ésta M. solicitó

informes actualizados al Registro Nacional de Reincidencia, a fin de resolver la presente incidencia.

De las documentales remitidas por la Colonia Penal N° 17 de Candelaria del S.P.F. surge que el domicilio propuesto para el goce de dicho beneficio se sitúa en la residencia sita en la calle Las Heras N° 3705, Chacra 82, Barrio La Querencia, de la localidad de Posadas, provincia de Misiones, lugar en donde residen la ex suegra del causante, Sra. P.I.I.C., junto a sus hijos y un hijo de DOMINGUE, que está bajo su guarda, siendo ésta la tutora...

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