Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 14 de Noviembre de 2017, expediente FCR 095000267/2013/TO01/2/2

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 95000267/2013/TO1/2/2 Incidente Nº 2 - IMPUTADO: CARNEVALINI, R. DAMIAN s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA huaia, 14 noviembre de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FCR 95000267/2013/TO1/2/2 - Incidente Nº 2 - IMPUTADO:

CARNEVALINI, R. DAMIAN s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA; Y CONSIDERANDO:

  1. Que el 19 de septiembre R.D.C. fue condenado a la pena de 4 años de prisión, multa de doscientos cincuenta pesos, accesorias legales y costas por ser considerado coautor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5,12, 40, 41 y 45 del C.P. y 5to. inc. “c” de la Ley 23.737).

    Conforme cómputo de detención y pena, obrante a fojas 41, para el cumplimiento de la pena le resta cumplir en detención 2 años, 2 meses y 19 días; para la mitad de la condena le restan 2 meses y 9 días y para las 2/3 partes de la misma le restan 10 meses y 9 días.

  2. A fojas 1/7 la defensa del nombrado solicitó su prisión domiciliaria, en el caso que la Corte Suprema de Justicia de la Nación no hiciera lugar a la queja interpuesta por esa parte, fundamentando la misma en la enfermedad que padece su asistido.

    Explicó que debió ser intervenido quirúrgicamente en distintas oportunidades y que la última se realizó en la Pcia. de Buenos Aries, por recomendación de sus médicos, atento su complejidad.

    Fecha de firma: 14/11/2017 Firmado por: DRA. A.M. D´ALESSIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA #30270481#192946220#20171114093553273 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 95000267/2013/TO1/2/2 Incidente Nº 2 - IMPUTADO: CARNEVALINI, R. DAMIAN s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA Asimismo, hizo mención a la patología psiquiátrica de su asistido, la que se agravó con su enfermad y que es tratada por el Dr.

    P.A. en el Hospital Regional de Río Grande. Ante ello solicitó

    la aplicación del art. 10 inc. a) del C.P.

    A fojas 10/21, 24/44, 47/48, 52/55, 57, la defensa aportó

    documentación vinculada a la patología de su asistido y a fojas 69 acompañó copia de la Historia Clínica del Hosptial Regional de Río Grande.

  3. Ante ello, se dispuso la realización de un diagnóstico sobre las dolencias que padece R.D.C., el estadio de su enfermedad y la factibilidad de que recibiera un tratamiento adecuado en una unidad carcelaria del Servicio Penitenciario Federal, debiendo precisar la más adecuada para tratar la misma.

    La medida se cumplió con la intervención del Dr. N., médico legal del Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia; quien precisó que el paciente presenta dos entidades nosológicas: el síndrome depresivo recurrente con episodios de impulsividad y auto agresión; y carcinoma de vejiga.

    Con relación al primero básicamente lo vinculó a su adicción, con la utilización de diversas drogas y la necesidad de instaurar un tratamiento desintoxicante asociado a la psicoterapia y tratamiento psiquiátrico ya que, conforme el galeno, presenta casi todas las variables clínicas esperables del sujeto adicto o drogadependiente.

    El otro tema a abordar, sostuvo el facultativo, es el carcinoma de vejiga; es cáncer, recurrente, pues se tuvo que efectuar cirugía en más de una oportunidad.

    Esta patología oncológica debe ser tratada adecuadamente mediante la resección de pólipos conforme Fecha de firma: 14/11/2017 Firmado por: DRA. A.M. D´ALESSIO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA #30270481#192946220#20171114093553273 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 95000267/2013/TO1/2/2 Incidente Nº 2 - IMPUTADO: CARNEVALINI, R...

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