Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 29 de Septiembre de 2016, expediente FPO 002467/2014/TO01/4/2
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA EJECUCION PENAL |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Juzgado de Ejecución Penal Federal de Posadas FPO 2467/2014/TO1/4/2 POSADAS, 27 de septiembre del año 2016.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en el presente Incidente de Ejecución Nº FPO 2467/2014/TO1/4/2 caratulado “GOMEZ, L.A.S.C. (Expte. P.. N° FPO 2467/2014/TO1/4 caratulado “GOMEZ, L.A. s/ Ejecución de Sentencia”), la procedencia de la libertad condicional del encartado L.A.G., Y CONSIDERANDO:
Que, L.A.G., argentino, titular del D.N
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Nº
40.411.181, fue condenado el día 9 de marzo del año dos mil quince, por el Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta ciudad, en la causa N° FPO 2467/2014/TO1 caratulada “GOMEZ, L.A. s/ INFRACCIÓN LEY 23.737”, a la pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN, accesorias legales y costas, como AUTOR penalmente responsable del delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES.
Que, por cuerda al Legajo de Ejecución Penal, corre el Incidente Nº FPO 2467/2014/TO1/4/1/1, en el que el causante con fecha 6 de abril de 2016, fue beneficiado con la aplicación del art. 140 de la Ley 24.660 y obtuvo la reducción de los plazos previstos en dicha modificatoria en ONCE (11)
MESES, de acuerdo a los logros educativos obtenidos hasta ese momento, y practicado que fue el NUEVO cómputo de pena, resulta que GOMEZ cumplirá el tiempo requerido para alcanzar el periodo de Libertad Condicional a partir del día 28 de septiembre del corriente año.
Encontrándose radicada la presente causa por ante el Juzgado de Ejecución Penal Federal, y teniendo en cuenta los informes remitidos por la U-17 del S.P.F. de Candelaria lugar donde cumple condena el nombrado, se solicitaron informes actualizados al Registro Nacional de Reincidencia a fin de poder resolver su libertad condicional.
De las documentales remitidas por la citada institución surge que el domicilio fijado a los fines del art. 13 inc. 1º del Código Penal se sitúa en calle J.G. y 17 de septiembre, Barrio Retiro de la localidad de Montecarlo, provincia de Misiones, domicilio que fue aprobado por el área social respectiva.
Fecha de firma: 29/09/2016 Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO DE JUZGADO #28628438#161602853#20160908122453726 Atinente a su desenvolvimiento durante la privación de libertad, se destaca que ingresó a la fase de observación el 27/04/15, a la fase de Consolidación el 06/05/15 (por aplicación del art. 13 inc. “c” de la Ley 24.660), a la fase de confianza el 09/09/15 y al período de prueba el 29/12/15. A la fecha ostenta conducta ejemplar diez (10) y concepto muy bueno (08), no registrando infracción...
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