Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 2 de Febrero de 2017, expediente COM 004851/2003/2/CA005
Fecha de Resolución | 2 de Febrero de 2017 |
Emisor | Camara Comercial - Sala D |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 4851/2003/2/CA5 INSTITUTO ITALO ARGENTINO DE SEGUROS GENERALES S.A. C/ GIORGETTI HECTOR NORBERTO S/
ORDINARIO S/ INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS.
Buenos Aires, 2 de febrero de 2017.
-
S.S.A. apeló la resolución dictada en fs. 207/209, en cuanto desestimó las defensas opuestas en fs. 163/168 y 193/198, mandando seguir adelante la ejecución iniciada en su contra por las delegadas liquidadoras del Instituto Italo Argentino de Seguros Generales S.A.
Los fundamentos del recurso fueron expuestos en fs. 219/222 y respondidos en fs. 224/229.
-
Con anterioridad a la decisión aquí apelada, esta S. ya había resuelto el carácter preconcursal del crédito principal (v. copia agregada precedentemente).
De esa manera es claro que, frente a la promoción de la ejecución de honorarios regulados a favor de las pretensoras y con independencia del momento en que fueron desarrolladas sus labores, el hecho de que el crédito Fecha de firma: 02/02/2017 Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.D.F., PROSECRETARIO DE CAMARA #23826783#168846855#20170202105145422 principal sea de causa anterior a la apertura del concurso de la demandada, dota a aquella retribución de naturaleza accesoria de idéntica calidad preconcursal (esta Sala, 29.8.13, “Acristal S.A. s/pedido de quiebra por C., F.M.”).
Por ello, corresponde revocar el decisorio apelado en cuanto fue materia de agravios.
Atento al modo en que se resuelve, las particularidades del caso y la razonabilidad de las posturas asumidas por las partes, las costas de segunda instancia -al igual que las de primer grado- se distribuyen en el orden causado (arts. 68, 69 y 279, Cpr.; esta S., 13.2.13, “Frigorífico Buenos Aires SAICAIF s/quiebra s/concurso especial por R., Lucía”; íd., 12.9.13, "Trenes de Buenos Aires S.A. s/concurso preventivo s/incidente de apelación art. 250, Cpr.").
-
Finalmente, el pedido de desglose efectuado por las delegadas liquidadoras al contestar el memorial de la recurrente, será desestimado in limine. Ello, dado que las copias...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba