Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 16 de Junio de 2022, expediente CCF 007639/2021/2/CA002

Fecha de Resolución16 de Junio de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 7639/2021/2 INCIDENTE DE APELACIÓN EN “D., M. G.

c/OSDE s/amparo de salud”. Juzgado 4, Secretaría 7.

Buenos Aires, 16 de junio de 2022.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado por la demandada el 10 de marzo de 2022 (concedido en relación y con efecto devolutivo el 22/3/2022) contra la resolución cautelar del 8 de marzo de 2022,

cuyo traslado fue contestado por la actora el 22 de abril del mismo año, y CONSIDERANDO:

  1. El Sr. Juez de primera instancia hizo lugar a la ampliación de medida cautelar impretrada y le ordenó a OSDE que le otorgue a la accionante, señora M.G.D., la cobertura integral del tratamiento de alta complejidad de vitrificación de ovocitos (estimulación de la ovulación,

    monitoreo ecográfico, aspiración ovocitaria y posterior vitrificación y almacenamiento) prescripto por su médico tratante, hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

    Ello, en razón de la solicitud formulada por la actora, quien luego del primer tratamiento ordenado también por vía cautelar, obtuvo un resultado menor (4 ovocitos) al esperado (10 ovocitos o más), lo que según explicitó el galeno tratante, era atribuible a contar G.M.D. con un único ovario, afectado además, en su funcionalidad, por endometriosis (véase escrito de la actora del 8/2/22 e indicación médica del 27/1/2022).

    Contra esta decisión la demandada interpuso recurso de apelación y se agravió -sustancialmente- de que su parte no estaba obligada a cubrir dicho tratamiento en virtud de que la resolución resultaba arbitraria,

    además de no hallarse acreditados los requisitos de verosimilitud del derecho y de peligro en la demora.

  2. Según surge de las constancias de autos, la cobertura de la prestación objeto de análisis, fue autorizada el 16 de marzo del corriente año por la prepaga, luego de serle notificada la ampliación cautelar.

    Fecha de firma: 16/06/2022

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    Sabido es que el objeto de la ley 26.862 de “Reproducción Médicamente Asistida” (sancionada el 5 de junio del 2013 y promulgada el 25 de junio del 2013) y en su decreto reglamentario 956/2013, del 19 de julio del 2013, es garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción asistida (conf. artículo 1°), tanto de baja como de alta complejidad, que incluyan o no...

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