Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 24 de Noviembre de 2021, expediente CIV 086694/2013/2/CA003
Fecha de Resolución | 24 de Noviembre de 2021 |
Emisor | Camara Civil - Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I
86694/2013
Incidente Nº 2 - ACTOR: R.M.L. DEMANDADO: H.P.A. Y
OTRO s/EJECUCION DE HONORARIOS - INCIDENTE FAMILIA
Buenos Aires, 24 de noviembre de 2021.-
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
Este tribunal de alzada está facultado para pronunciarse sobre la admisibilidad de un recurso hasta el momento de conocer en el acuerdo respectivo sin que lo obligue en sentido contrario la decisión del juez de grado, la conformidad de las partes o las providencias de trámite que haya dictado.
Dicho eso, lo cierto es que el importe cuestionado en el caso no alcanza el mínimo de $300.000 exigido por el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (según acordada 41/2019 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación) en la inteligencia expuesta por esta sala en “Acosta, Emilia Graciela c.
Cons. de propietarios V.G. s. daños y perjuicios”, expte.
n° 25.240/2009 del 16 de febrero de 2010, y en los autos “Alfredo M.
Stabile Cereales S.A. c. Sosa Ricardo Julio y otros s. daños y perjuicios”, expte. n°101977/2011 del 22 de diciembre de 2015.
En efecto, L.A. interpuso recurso de apelación contra la decisión dictada el 4 de octubre de 2021 por medio de la cual el señor juez de grado rechazó in limine el planteo de nulidad que articuló.
Sin embargo, lo cierto es que conforme se desprende de las constancias del sistema informático, la ejecución de honorarios se promovió por la cantidad de 5 UMA que a la fecha equivalen a $30.800. Al ser ello así, es dable concluir en que en la especie el monto del pleito no alcanza el mínimo antes referido, por lo que corresponde declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto.
Fecha de firma: 24/11/2021
Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA
Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CÁMARA
Por ello, SE
RESUELVE:
Declarar inadmisible el recurso de apelación deducido contra la providencia del día 4...
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