Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 20 de Mayo de 2021, expediente CIV 025525/2018/2/CA001

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2021
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

25525/2018

Incidente Nº 2 - ACTOR: LASTRA, R.A.

s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Buenos Aires, de mayo de 2021.- DEL

AUTOS Y VISTOS:

Estos autos al Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 4, contra el pronunciamiento de fs.

3 por el cual se rechazó “in limine” el beneficio de litigar sin gastos promovido por la aquí recurrente. El memorial de agravios luce agregado a fs. 5/7.

En primer lugar, se debe precisar que la reforma introducida por la ley 24.588 establece que la promoción del beneficio podrá realizarse hasta la audiencia preliminar o la declaración de puro derecho, a menos que se articulen circunstancias sobrevinientes que habiliten su tramitación (art 84 del C.P.C.C.). Asimismo, el último párrafo de dicho precepto normativo dispone que en todos los casos la concesión del beneficio tendrá efectos retroactivos a la fecha de promoción de la demanda, respecto de las costas o gastos judiciales no satisfechos.

De las constancias de la causa surge que el actor promueve el presente incidente a fin de obtener la concesión de la franquicia legal siendo que con anterioridad inició otra incidencia en el marco del expediente nº 25525/18/1, donde se decretó la caducidad de instancia con fecha 7/2/20, proveído que se encuentra firme a la fecha. Cabe destacar, que si bien la normativa citada anteriormente contempla la posibilidad de retrotraer los efectos de la promoción del beneficio, a la fecha de la promoción de la demanda respecto de costas y gastos judiciales aún no satisfechos, dicha directriz es aplicable en el supuesto que el peticionante lo haya promovido hasta Fecha de firma: 20/05/2021

Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA

la audiencia preliminar o la declaración judicial de puro derecho;

excepcionalmente, podrá franquearse ese límite temporal si se acreditan circunstancias...

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