Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 16 de Marzo de 2021, expediente FGR 013879/2018/2

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación Expte. Nº FGR 13879/2018/2 – S.I.–.S.. 1

Bahía Blanca, 16 de marzo de 2021.

VISTO: El expediente nro. FGR 13879/2018/2, caratulado: “INC. RECUSACIÓN

CON CAUSA PARTE ACTORA… en autos: ‘ZHENG, Haibing c/ ESTADO

NACIONAL – DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES s/ NULIDAD DE

ACTO ADM.’”, vuelto al Acuerdo para resolver sobre la admisibilidad del recurso

extraordinario interpuesto el día 28/12/2020, contra la sentencia dictada el 10/12/2020;

y CONSIDERANDO:

1ro.) El día 10 de diciembre de 2020 esta Alzada resolvió

rechazar la recusación con expresión de causa incoada por el abogado Christian

Demian R.P., apoderado de la parte actora, contra la magistrada titular del

Juzgado Federal N° 2 de la sede, Dra. M.G.M., e imponer a dicho

letrado la sanción disciplinaria de multa equivalente al diez por ciento (10%) de la

remuneración que por todo concepto perciba efectivamente un juez de primera

instancia (art. 18, decreto–ley 1285/58, modificado por el art. 1 de la ley 24.289),

disponiendo su comunicación a los organismos pertinentes.

2do.) Contra dicho pronunciamiento, el 28/12/2020 el

representante de la parte actora interpuso recurso extraordinario federal.

Luego de analizar el escrito presentado por el Dr. Rubilar

Panasiuk se logra extraer que el recurrente pretende fundar el remedio extraordinario

intentado en la existencia de cuestión federal, habiendo sostenido éste, en el acápite

destinado a profundizar en el punto, que: a) la libertad se debate desde la

prejudicialidad de la solicitud de carta de ciudadanía que es previa a lo migratorio y a

lo penal conforme fuera recientemente confirmado por el Tribunal Europeo de

Derechos Humanos en “M.O. y Toledo” donde se estableció que la irregularidad no es

causal de deportación; b) solo el Colegio de Abogados puede juzgar a un letrado ya

que el que lo hagan los jueces importa el ejercicio de potestas dominica; y c) la Jueza

que tramita ejecuciones F. y paraliza e ignora los recursos directos que son un

presupuesto procesal genera temor de parcialidad.

A su vez, acompañó al recurso una resolución de la Sala I de la

Cámara Civil y Comercial Federal en autos CCF 9026/2017 caratulados “YAN HONG

s/ SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANÍA” del 10/12/2020, junto con un

Fecha de firma: 16/03/2021

Firmado por: N.A.Y., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: P.E.L., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.S.P., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación Expte. Nº FGR...

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