Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 28 de Mayo de 2020, expediente FBB 009584/2016/2/CA003

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 9584/2016/2/CA3 – Sala II – S.. Previsional Bahía Blanca, 28 de mayo de 2020.

VISTO: El expediente nro. FBB 9584/2016/2/CA3, caratulado: “ASTREINTES… en

autos: ‘DE LA IGLESIA, N.H., c/ Anses, s/ Reajustes Varios’”, venido del venido del

Juzgado Federal nro. 2 de la sede, para resolver la apelación de fs. sub 17/21, contra la resolución de

f. sub 15; y CONSIDERANDO:

  1. La jueza de la anterior instancia incrementó las astreintes fijadas a fs. 89

    del principal a la suma de $ 400 por cada día de retardo, hasta que la demandada presente la

    liquidación practicada conforme los parámetros de la sentencia dictada.

  2. La demandada apeló y expresó agravios a fs. sub 17/21.

  3. Cabe destacar que las astreintes constituyen un medio de compulsión

    consistente en la imposición de una condena pecuaria al sujeto que no cumple con una manda

    judicial, y cuya vigencia perdura mientras no cese el incumplimiento. Se trata de una herramienta

    técnica destinada a lograr el acatamiento de las decisiones judiciales.

    Cabe dejar, que la administración no acreditó el cumplimiento de la manda

    judicial, esto es presentar la liquidación conforme las pautas establecidas en la sentencia firme, por

    lo que corresponde confirmar la resolución de fs. sub 15 e incrementar las atreintes impuestas.

    No obstante, en consideración a su carácter provisional, la parte

    incumplidora podría solicitar, una vez que cumpla con lo ordenado, el levantamiento de la medida

    o la reducción de su monto, en la medida en que desista de su resistencia y justifique, total o

    parcialmente, su proceder.

    Por ello, SE

    RESUELVE:

  4. Confirmar la resolución recurrida e

    incrementar las astreintes impuestas; 2. Imponer las...

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