Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2, 5 de Octubre de 2018, expediente FRE 008398/2017/2/CA001

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA 8398/2017 Incidente Nº 2 - ACTOR: MELGAREJO, ESTELVINA s/INC RECUSACION CON CAUSA PARTE ACTORA SISTENCIA, 05 de octubre del año dos mil dieciocho.sv.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “Inc. de Recusación con causa parte actora en:

MELGAREJO, Estelvina c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL – ESTAADO NACIONAL s/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad”, Expte. N° FRE 8398/2017/2/CA1, proveniente del Juzgado Federal N° 1 de Formosa, y CONSIDERANDO:

  1. - Vienen los autos a conocimiento del Tribunal, en virtud de la recusación con causa incoada contra el Señor Juez Federal Subrogante Dr. J.C.V., a cargo de los Juzgados Federales N° 1 y 2 de Formosa, deducida por la parte actora a fs. 1/7.

  2. - El pedido de apartamiento se funda en los reparos que habría despertado el Juez recusado en orden a lo resuelto en un auto interlocutorio que se cuestiona, pero cuya copia sin embargo –cabe poner de resalto- no obra glosada en el presente incidente.

    Al respecto refiere el recusante que el Señor Juez habría decidido en contra de la legislación vigente, alterando “in totum” -dice- la pretensión manifestada por su parte en la presente causa, razón por la cual deduce “recurso parcial de reposición con apelación en subsidio contra el auto interlocutorio de referencia, y solicita de S.S. la inhibición para seguir entendiendo en las presentes actuaciones”.

  3. - Sobre la inhibición del Juez requerida, señala que en los últimos meses el magistrado ha violentado la garantía de la seguridad jurídica y el debido proceso, toda vez que lo resuelto en el auto interlocutorio en cuestión “es en realidad consecuencia de la más pura subjetividad”.

    En tal sentido, pone de resalto, en primer término, la reiterada inactividad y pasividad del juez recusado y, por otra parte, advierte que desde la publicación Fecha de firma: 05/10/2018 Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.V., SECRETARIA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA #32573100#218111297#20181005100407268 periodística de la denuncia penal (que fuera invocada por el Servicio Penitenciario Federal para efectuar sus reiterados planteos recusatorios en los expedientes en que dicha fuerza es parte), el juez ha demostrado una conducta errática y orientada hacia la parcialidad, puesto que –afirma- no hace más que reiterar en cada resolutorio y/o providencia que dicta en todos y cada uno de los expedientes a su cargo en que se encuentra involucrada la fuerza demandada, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR