Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 13 de Septiembre de 2018, expediente FBB 014061988/2011/2/CA002

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 14061988/2011/2/CA2 – Sala I – Secr. P.B., de septiembre de 2018.

VISTO: El expediente nro. FBB 14061988/2011/2/CA2, caratulado: “ASTREINTES...

en autos: ‘MENGHINI, M. c/ Anses, s/ Reajuste de Haberes’”, venido del Juzgado

Federal nro. 1 de la sede, para resolver la apelación de fs. sub 32/34 v, contra la resolución de f.

sub 31.

1ro.) El juez de la anterior instancia hizo efectivo el apercibimiento de

astreintes solicitado por el actor.

2do.) La demandada apeló y expresó agravios a fs. sub 32/34 v.

3ro.) Cabe destacar que las astreintes constituyen un medio de compulsión

consistente en la imposición de una condena pecuaria al sujeto que no cumple con una manda

judicial, y cuya vigencia perdura mientras no cese el incumplimiento. Se trata de una

herramienta técnica destinada a lograr el acatamiento de las decisiones judiciales.

Siendo que la administración no acredita el cumplimiento de la manda

judicial ni justifica su proceder, corresponde, en el caso, confirmar la resolución apelada y

mantener las astreintes impuestas.

No obstante, en consideración a su carácter provisional, la parte

incumplidora podría solicitar, una vez que cumpla con lo ordenado, el levantamiento de la

medida o la reducción de su monto, en la medida en que desista de su resistencia y justifique,

total o parcialmente, su proceder.

Por ello, SE

RESUELVE:

1ro.) Confirmar la providencia recurrida; 2do.)

Imponer las costas por su orden, dado el modo en que se resuelve (art. 68 y 69 del CCCN) ; 3ro.)

Diferir la regulación de honorarios para la vez que se estimen los de primera instancia (at. 14 de

la...

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