Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 25 de Octubre de 2016, expediente CIV 044207/2014/2/CA003

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala J

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J Expte n° 44207/2014/2 – “Administración de Bienes – Acuña José

Eduardo – Acuña Carolina – Martul Adolfo (Administrador) en autos:

A.J.E. s/Sucesión Ab Intestato” – Juzgado Nacional en lo Civil n° 43 Buenos Aires, Octubre 25 de 2016 Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones se remiten a este Tribunal a los efectos de conocer acerca del recurso de apelación interpuesto a fs. 288 por la presunta heredera M.I.A. contra los ptos. 2; 7; 8; 9 y 10 de la resolución de fs. 231/234, concedido a fs.

290 vta. Presenta memorial a fs. 502/515, contestado a fs. 525/527 por el administrador de la sucesión C.A.C.M. y a fs 550/554 por C.A..

El decisorio apelado establece librar transferencia electrónica a favor del administrador judicial Cont. Martul por la suma de $

77.390 en concepto de capital no imponible, que se discrimina como reintegro por gastos afrontados por el Administrador por la suma de $

2799; gastos devengados desde el mes de enero en adelante y no abonados por la suma de $ 25.000; la suma de $ 22.500 para solventar los gastos ordinarios de administración mensual de los bienes sucesorios; $ 25.597 en concepto de sueldos adeudados al Sr. Correa y $ 1494 en concepto de aportes del mencionado.

Es decir que en el decisorio de marras, se desestimó

la oposición planteada por la Dra. M.A. respecto del pago al empleado del causante, Sr. C.E.C.; establece que respecto del reintegro de sumas de dinero abonadas por C.A. que ascienden a la suma de $ 12.014,15, será resuelto una vez que se acompañe la documentación pertinente y sustanciado el traslado de ley, tal como se dispuso en la audiencia de fs. 156/158. Dispone que se expidan tres testimonios de designación para el administrador. Hace lugar al pedido efectuado por el Administrador de extraer la suma de $ 25.000 para abonar los gastos devengados a la actualidad y no pagados a la fecha, entre los que se incluyen el de Alumbrado, Barrido y Limpieza de los inmuebles de la calle P. 2484 y Q. 970/972 sin que queden comprendidos los montos adeudados al Sr. Correa. Dispone que, atento a Fecha de firma: 25/10/2016 Firmado por: M.M.,Z.W.,B.V., #27827296#165046512#20161025122146860 lo requerido por el administrador y el consentimiento dado por las litigantes, se pague al Administrador Cont. M. la suma mensual de $

22.500 para hacer frente a los gastos ordinarios que conlleva la administración de los inmuebles del sucesorio, con carga de rendición de cuentas documentada y que el señor administrador deberá requerir en forma mensual siempre que surja de la cuenta de autos fondos suficientes. Hace lugar al pedido formulado por la Sra. M.A. de traslado de los bienes muebles existentes en la propiedad de la calle Q. 970/972 planta baja frente al domicilio de Carolina Acuña, siempre que esta cuente con espacio suficiente y en caso de divergencia y/u oposición dispone el traslado a un depósito judicial, cuyo costo deberá

asumirlo el sucesorio, previa realización de constatación e inventario de los objetos existentes en el inmueble referido. Rechaza lo peticionado en el acta de fs. 156/158 –pto 14 vta.- acerca del seguro del inmueble de la calle Q. 980, de esta Ciudad. Finalmente, regula los honorarios a favor del Administrador Contador Martul.-

Es dable recordar que la deserción del recurso se produce por tres motivos: 1)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR