Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala E, 12 de Octubre de 2016, expediente CIV 065288/2014/2

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala E

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA E 65288/2014 N. G. P. C/ G. F. S/ HOMOLOGACION DE ACUERDO –

MEDIACION Buenos Aires, octubre 12 de 2.016.-

AUTOS Y VISTOS:

En atención al monto del proceso, a la calidad, eficacia y extensión de la tarea realizada, etapas cumplidas y lo dispuesto por los arts. 6, 7, 9, 25, 37 y concs. de la ley 21.839, se confirma la regulación de las Dras. M. A.

M. y B.S., letradas patrocinantes de la actora, por resultar ajustada a derecho.

Por la actuación cumplida en esta instancia, resultado obtenido y lo dispuesto por el art. 14 del arancel, se regulan los honorarios de la Dra. M. en PESOS y los del Dr. A. S, letrado apoderado del demandado, en PESOS . N. y devuélvase.-

Fecha de firma: 12/10/2016 Firmado por: MARIO PEDRO CALATAYUD...

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