Sentencia de Sala B, 4 de Septiembre de 2015, expediente FRO 071021141/2010/2/CA001

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2015
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civ/Int Rosario, 4 de septiembre de 2015.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente nº FRO 71021141/2010/2, caratulado “Incidente de Apelación en autos: STOPYRA, Eduardo c/ Estado Nacional – Prefectura Naval s/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad” (originario del Juzgado Federal Nro. 1 de la ciudad de San Nicolás).

Vienen los autos a raíz del recurso de apelación en subsidio interpuesto por los representantes del Estado Nacional (fs.9/10), contra la resolución n° 511/13 que dejó sin efecto la cautelar dispuesta a partir del 1º

de agosto de 2012, disponiendo consecuentemente el cese de la liquidación oportunamente ordenada, considerando las sumas que se hubieren liquidado y percibido con posterioridad al 1° de agosto de 2012, en cumplimiento de la cautelar, como pagos a cuenta de lo que se llegare a resolver en sentencia, absteniéndose la demandada de formular cargo deudor alguno. Asimismo, y entendiendo lo dispuesto en el resultado, como un accionar ajeno a la peticionante motivado en un cambio de legislación, ordenó imponer las costas a la demandada (fs. 7/vta.).

Concedido el recurso (fs. 17), se formó incidente de apelación (fs. 20), se elevaron los autos a la Alzada e ingresados por sorteo informático en esta Sala “B”, quedaron en condiciones de ser resueltos (fs. .

24).

Y Considerando:

  1. ) Se agravia la demandada respecto de la imposición de las costas.

    Sostiene que no obstante haber resultado su parte “vencedora” en el incidente de levantamiento de la medida cautelar, se condenó a su parte a soportar su totalidad.

    Afirma que la resolución en crisis se aparta del principio objetivo de la derrota, por el...

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