Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 3 de Abril de 2020, expediente FSA 019557/2017/18/CA005

Fecha de Resolución 3 de Abril de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II

FSA 19557/2017/18/CA5

ta, 06 de abril de 2020.

Y VISTA:

Esta causa N° FSA 19557/2017/18/CA5

caratulada “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE LOPEZ,

R.U.P.I. A LA LEY 23.737",

originaria del Juzgado Federal Nº 2 de Jujuy, y;

RESULTANDO:

1) Que se eleva el incidente de referencia a conocimiento de esta Alzada con motivo del recurso de apelación interpuesto a fs. 21/23 y vta. por la Defensa Oficial de R.U.L. en contra del auto de fs. 14/19 por el cual se le denegó la excarcelación solicitada.

2) Que las presentes actuaciones tuvieron su inicio en agosto del 2.017 cuando personal de la Brigada de Narcotráfico “S.P.” de la Policía de la Provincia de Jujuy tomó conocimiento a través de una fuente confidencial que R. alias “C. y su cuñado J.P. alias “J.,

realizarían actividades ilícitas relacionadas al tráfico,

abastecimiento, acopio y distribución de sustancias estupefacientes.

En virtud de ello, se efectuaron diversas tareas investigativas tendientes a corroborar los hechos denunciados,

disponiéndose además la intervención de líneas telefónicas, tomas fotográficas y registros fílmicos de las personas investigadas.

Dichas medidas permitieron detectar la supuesta participación en el accionar ilícito de V.T.R., Romina María José

Fecha de firma: 03/04/2020

Alta en sistema: 06/04/2020

Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: SANTIAGO FRENCH 1

Firmado por: L.R.R.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: M.J.P., SECRETARIA

C., V.T., A.M.T., D.M.O. alias “G.” y T.d.V.R..

Además, la preventora informó que en virtud del resultado de las tareas se logró determinar que V.T. mantenía vínculos también con otras personas, logrando conformar una cadena de tráfico de drogas integrada por V.O.,

V.C., L.M., C.G.P., L.G., H.O.T., M.B., M.D.M., D.O.G. y R.F..

Así se estableció que V.T.R. organizaría viajes para adquirir sustancias estupefacientes y que D.O.G. se encargaría de realizar su reventa para luego rendirle el dinero recaudado. Por su parte, V.T. acopiaría y distribuiría la droga, mientras que R.U.L. se encontraría sindicado como uno de los encargados de revender y distribuir el estupefaciente y recaudar el dinero.

Asimismo, los demás intervinientes en las maniobras ilícitas (R.A.J., C.A.J.,

F.M.T., A.J.F., J.R.A.,

D.M.O. y A.M.T., serían los encargados de revender el estupefaciente al menudeo (cfr. auto de procesamiento de fecha 30/8/2019).

En virtud de ello, en fecha 7/6/2019 se libraron diversas órdenes de allanamiento, lográndose el secuestro de: 1º)

1envoltorio con marihuana sin peso en poder de V.T.;

  1. ) 30 gramos de cocaína en la propiedad del nombrado y T.F. de firma: 03/04/2020

Alta en sistema: 06/04/2020

Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: SANTIAGO FRENCH 2

Firmado por: L.R.R.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: M.J.P., SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II

FSA 19557/2017/18/CA5

del V.R.; 3º) 18 gramos de marihuana y 88 semillas de similares características a las de cannabis sativa del domicilio de H.O.T.; 4º) 25 gramos de cocaína en la propiedad de A.M.T.; 5º) 9 envoltorios conteniendo un total de 1 kilo y 78 gramos de cocaína de la propiedad que alquilaba V.T.R.; 6º) 9 gramos de marihuana de la residencia de D.O.G.; 7º) 26 gramos de cocaína y/o pasta base de la residencia de D.M.O.; 8º) 6 gramos de cocaína y/o pasta base de la residencia de J.R.A.; 9º) 1

envoltorio de papel con cocaína sin peso del domicilio de R.L.; 10º) 1 envoltorio de papel con cocaína sin peso de la residencia de M.d.V.J.; 11º) 26,8 gramos de cocaína del lugar de la residencia de A.J. y de R.A..

En fecha 30/8/2019 el Juez dispuso el procesamiento y prisión preventiva de V.T.R.;

V.T., A.M.T., D.M.O.,

C.A.J., R.A.J., J.R.A.,

R.U.L., A.J.F. y F.M.T. por considerarlos autores prima facie responsables del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización,

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