Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 5, 14 de Diciembre de 2016, expediente CFP 014217/2003/TO01/172

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 5

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 5 CFP 14217/2003/TO1/172 Buenos Aires, 12 de diciembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente de arresto domiciliario de A.P., formado en el marco de la causa n°

1282 “ESMA unificada” del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 5.

Y CONSIDERANDO:

  1. A fs. 1/12 la asistencia técnica de P., solicitó la morigeración de la detención que cumple su asistido, en los términos del art. 32, incisos a) y d) de la ley 24.660, y en atención a dos razones: en primer lugar, teniendo en cuenta que el imputado padece “…una depresión moderada con respuesta al antidepresivo y que el lugar de detención puede incidir en este punto (aspecto psiquiátrico), mientras que también se lo diagnosticó con una miocardiopatía dilatada severa con fibrilación auricular crónica que lo mantiene anticoagulado con acenocumarol (aspecto cardiológico)

    …”.

    En segundo lugar, en virtud de encontrarse próximo a cumplir 70 años, el 29 de diciembre del año en curso.

  2. A fs. 46/8 se agregó el informe realizado al imputado desde la perspectiva psiquiátrica, el cual concluyó que: “1)

    Las facultades mentales de PERNIAS, A., en el momento del examen encuadran dentro de los parámetros considerados como normales, desde la perspectiva médico legal. 2) Presenta una afección compatible con Trastorno del humor, actualmente compensado. 3) Se establece que dicho estado podría mejorar al Fecha de firma: 14/12/2016 Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.H. OBLIGADO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: V.A.D., SECRETARIO DE JUZGADO #29235635#169003885#20161214151653196 momento de encontrarse en pabellón con mayor acceso a espacios al aire libre, de acuerdo a sus referencias…”.

    El informe médico-forense, desde la faz clínica, arrojó las siguientes conclusiones: “…A.P., al momento del examen se encuentra clínicamente compensado sin evidencias clínicas de patologías físicas agudas en evolución. Atento los antecedentes que relata y el examen actual se aconseja se realicen los siguientes estudios e interconsultas: M. periódico de sus factores de coagulación con ajuste de dosis de medicación anticoagulante, de ser necesario. Monitoreo periódico de su tensión arterial. Los estudios e interconsultas podrán realizarse en su lugar de detención. La evaluación de los resultados y el tratamiento que pueda surgir de los mismos puede quedar a cargo de los médicos de la Unidad en la que se aloja….”.

    Puntualmente, y en relación a los puntos de pericia solicitados por las partes y admitidos por el Tribunal, el Dr. L.P., del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dictaminó: “… a)…Al momento del examen se encuentra clínicamente compensado sin evidencias clínicas de patologías físicas agudas en evolución. b)…Padece Hipertensión arterial y fibrilación auricular crónica, actualmente compensadas con tratamiento. Son enfermedades controlables en sus síntomas pero debe continuar recibiendo su medicación para mantenerse compensado. c)…No refiere síntomas físicos al momento del examen.

    No se evidenciaron secuelas al momento del examen físico. d)…En el momento actual, está compensado en su estado de salud física, y con adecuados controles periódicos clínicos y cardiológicos, puede recibir un trato digno y humano en un establecimiento carcelario. e) si los tratamientos que le están dando son los adecuados de acuerdo a sus patologías. Sí, son los adecuados. f) Drogas antihipertensivas y Fecha de firma: 14/12/2016 Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.H. OBLIGADO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: V.A.D., SECRETARIO DE JUZGADO #29235635#169003885#20161214151653196 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 5 CFP 14217/2003/TO1/172 anticoagulantes. Está estabilizado en su estado de salud y compensado de su hipertensión arterial y su arritmia. g)…No son patologías incurables en período terminal. h)…En el momento actual recibe en la unidad carcelaria en que se aloja, según sus dichos, la medicación indicada para sus patologías. i)…Desde el punto de vista físico, la detención carcelaria tiene un efecto neutro sobre su salud. j)

    …El mismo riesgo que en la vida diaria en libertad, ante situaciones similares. Los pacientes anticoagulados tienen, ante traumatismos, mayor propensión a la aparición de hematomas. k)…Los complejos penitenciarios, como es sabido, poseen personal médico generalista y especializado para diagnosticar e indicar criterio a seguir ante situaciones planteadas en el punto j). l) Si en caso de una complicación cardiológica aguda, si el complejo penitenciario donde se encuentra alojado P. cuenta con tecnología necesaria para poder asistirlo. La atención de ésta y otras patologías podrá

    realizarse en su lugar de detención. De no contar la misma con la infraestructura necesaria, deberá realizarse en un establecimiento extramuros. m)…El Hospital Interzonal de Ezeiza cuenta con servicio de Terapia Intensiva. n)…El efecto del traslado es el mismo que en caso de presentar un problema agudo en su domicilio. ñ)…Deben ser monitoreados periódicamente en su unidad de detención sus valores de coagulograma, especialmente el índice RIN. Así se minimizan eventuales riesgos hemorrágicos en cualquier sitio del organismo. o)

    …se informe si el lugar de alojamiento cuenta con los elementos de atención inmediata y resolución de la patología de urgencia. Este punto debe preguntarse al Director del HPC de su Unidad de alojamiento. De no ser así, deberían arbitrarse los medios para estar en condiciones de proceder a un traslado rápido y urgente ante una eventualidad como la mencionada. p)…Cualquier situación de estrés puede ocasionar algún tipo de trastorno cardíaco. q)…Las Fecha de firma: 14/12/2016 Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.H. OBLIGADO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: V.A.D., SECRETARIO DE JUZGADO #29235635#169003885#20161214151653196 posibilidades de contagio de infecciones aumentan en aquellos casos en que medie hacinamiento. El paciente no refiere síntomas ni presenta signos de enfermedad...

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