Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 17 de Abril de 2017, expediente FTU 081810081/2012/TO01/16

Fecha de Resolución17 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN 81810081/2012 Incidente Nº 16 - QUERELLADO: COOKE, R.E. s/ACTUACIONESC.S.M. de Tucumán, 12 de abril de 2017.- GW AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

A fs. 771 el Defensor Público Oficial subrogante Dr. M.B., por la defensa de R.E.C., solicita en el marco de lo prescripto por el artículo 143 de la Ley 24.660, se autorice el traslado de su asistido a la ciudad de Termas de Río Hondo, en compañía de su guardadora legal, en razón de que debe continuar con el tratamiento para mitigar sus dolores óseos y en tal sentido las aguas termales existentes en esa ciudad le resulta beneficioso.-

Corrida vista, el Sr. Fiscal General P.C. se expide (a fs.

773/774) por el rechazo de tal pretensión aduciendo que de otorgarse el mismo, acrecentaría el peligro y riesgo procesal de evasión y la consiguiente frustración del proceso.-

En el análisis de la solicitud efectuada por la defensa de Cooke, consideramos que no corresponde acogerla por cuanto carece de amparo legal; y tampoco se trata de una situación excepcional que amerite eventualmente un tratamiento especial.-

En consecuencia corresponde no hacer lugar al pedido de traslado efectuado por la defensa de R.E.C..-

Fecha de firma: 17/04/2017 Firmado por: DR. C.E.I.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DR...

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