Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 30 de Marzo de 2017, expediente COM 091584/2000/16/CA009
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2017 |
Emisor | Camara Comercial - Sala D |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 91584/2000/16/CA9 COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES S.A. S/
CONCURSO PREVENTIVO S/ INCIDENTE DE REVISIÓN DE CRÉDITO POR AFIP-DGI.
Buenos Aires, 30 de marzo de 2017.
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Vienen las presentes actuaciones a los fines de entender en (*) los recursos interpuestos en fs. 702, 704, 709/710 respecto de la retribución estimada en fs. 701; (**) la apelación de fs. 725 deducida por el exletrado de la sindicatura contra la denegación de fs. 721 de regularle, y (***) el recurso de fs. 569 cuestionando la distribución de costas por su orden decidida en fs.
550/558 cuya indagación se postergó hasta que justamente se fijaran honorarios.
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Por razones de orden metodológico habrá de comenzarse por examinar los agravios vinculados a la suerte de los gastos causídicos y señalarse, a ese respecto, que el progreso parcial de la posición de cada uno de los litigantes (fs. 550/558), aun cuando el contenido de esas posturas no haya sido sustancialmente equivalente en lo económico, conduce a mantener el temperamento oportunamente adoptado.
Ello, en el entendimiento de que en estos casos la solución debe provenir de una visión sincrética del juicio y no por la mera comparación aritmética entre lo pretendido y el resultado del pleito (en similar sentido, esta S., 11.8.16, “M., E.C. c/ Imagen e Información S.A. s/
ordinario”; íd., 10.4.07, “T., R. de Carmen c/ N., M.Á. s/ ordinario”; íd., 3.10.2007, “F., E.L. c/ BBVA Fecha de firma: 30/03/2017 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: JULIO FEDERICO PASSARON, SECRETARIO DE CAMARA #28494342#174050835#20170330122822569 Banco Francés S.A. s/ ordinario”; íd., 5.6.08, “G., M.A. c/
Banco Patagonia Sudameris S.A.”; M., A., Códigos Procesales en lo Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires y de la Nación, comentados y anotados, T. II-B, p. 112, La Plata-Buenos Aires, 1985; Highton, E. y A., B., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, concordado con los códigos provinciales. Análisis doctrinal y jurisprudencial, T. 2, páginas 60/61, Buenos Aires, 2004 y 30.7.1982, LL 1982-D, p. 465).
No cabe perder de vista que, en estas particulares hipótesis, la respuesta no debe ser estricta y rigurosamente matemática sino flexible para permitir compensar los gastos causídicos de manera prudencial y de conformidad con las particularidades de la causa (arg. art...
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