Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA, 21 de Febrero de 2019, expediente FRE 007508/2017/16
Fecha de Resolución | 21 de Febrero de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE RESISTENCIA FRE 7508/2017/16 En la ciudad de Resistencia, capital de la Provincia del Chaco, a los veinte días del
mes de febrero del año dos mil diecinueve, en la sala de audiencias de este Tribunal
Oral en lo Criminal Federal de Resistencia, Chaco, comparecen ante el Sr.
Presidente de trámite Dr. J., asistido por la Secretaria de Cámara
Dra. M., en el marco de la audiencia señalada en estos autos
caratulados: “Incidente de Excarcelación respecto de Acosta Guillermo Honorio”
Expte. Nº 7508/2017/TO2/16, el señor F. General, F. C. y el
imputado G. H. A. (detenido en la U.7) asistido por el Sr.
Defensor Público Oficial, Dr. J.. En este acto el Dr. Costilla
solicita la palabra y manifiesta: Analizando la causa, surge una preocupación para
esta Defensa, entendemos que la prisión preventiva tiene sus fundamentos
principalmente en la vinculación con el proceso, lo que tiene que estar plasmado en
el expediente, además deben existir riesgos procesales, como el entorpecimiento de
la investigación o el peligro de fuga; en el caso de A. no se dan estos
requisitos, por lo que considero que puede esperar hasta la realización del juicio en
libertad y lo digo con el convencimiento de que puede asumir este compromiso,
presentándose ante el tribunal las veces que sea requerido, tiene arraigo, ya que tiene
esposa quien trabaja en el juzgado de faltas, se dedica a la construcción de piletas.
Sin embargo se encuentra vinculado a la causa por meras conjeturas, su vinculación
al proceso está atado a u hilo, y para no tener arrepentimientos posteriores, ya que
no está en la misma situación que otros coimputados, por ello es que lo separo y
solicito se le otorgue su excarcelación y a fin de continuar en libertad hasta el
momento del debate, el Sr. A. se compromete a vivir donde en el domicilio que
establezca y a presentarse en este tribunal cada vez que sea citado, por ello insisto en
la liberad de mi asistido. Acto seguido, por presidencia se invita al imputado a tomar
asiento frente al estrado y brindar sus datos personales. Dijo ser y llamarse:
G. [DNI. 32.408.146], nacionalidad argentina, nacido el 12
de junio de 1986 en Resistencia, Chaco, hijo de R. (f) y Vilma
Lilian Acosta (f), concubinado, con instrucción terciaria incompleta, de ocupación
maestro mayo de obra, con domicilio en Mz 37 Pc. 16, calle J. 1970,
Barrio Los Cisnes, Resistencia, C.. Corrida vista al Ministerio Público Fiscal,
el Dr. C., realizó...
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