Incidente Nº 16 - ACTOR: JORGE, HUGO ALBERTO DEMANDADO: NORTHERN LAUZEN S.A. Y OTRO s/INCIDENTE

Fecha01 Noviembre 2023
Número de expedienteCOM 022840/2004/16/CA018

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA B

22840/2004/16 - GRAN VIA S.A. Y OTRO C/ NORTHERN LAUZEN

S.A. Y OTRO S/ORDINARIO S/ INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE

CAP FERRAT S.A

Juzgado N°23 - Secretaría N°46

Buenos Aires,

Y VISTOS:

  1. Toda vez que el presente proceso se desarrolló bajo la vigencia de la ley 27.423, los honorarios se revisarán de acuerdo a las pautas arancelarias dispuestas en dicha legislación (conf. esta Sala in re:

    Dikelon S.A. s/ concurso preventivo s/ inc. de revisión de crédito por C.C.A. del 05.11.2019; in re: “Majo Construcciones S.A. s/

    concurso preventivo s/ inc. de verificación tardía por SRT

    del 22.10.2020;

    in re: “Rona Plast S.R.L. s/ concurso preventivo s/ inc de verificación de crédito por AFIP” del 29.12.2020; in re: “Compañía de Tratamientos Ecológicos S.A. s/ concurso preventivo s/ inc. de revisión por N.C..”

    del 07.04.2021, entre otros; por aplicación del fallo de la CSJN in re:

    Establecimiento Las Marías S.A. c/ Misiones Provincia de s/ acción declarativa

    del 04.09.2018).

    No obstante, para evaluar los estipendios regulados por la incidencia resuelta a fs. 1236/7 se señala que el art. 47 de la ley 27.423 fue observado por el P.E.N. (Dec. 1077/17). Frente a tal imprevisión normativa respecto de incidentes corresponde recurrir a las fuentes que presenten mayor proximidad analógica en razón de la materia.

    Por ello se utilizarán, aún para las tareas realizadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la nueva ley, los parámetros previstos en la ley 21.839 -conscientes de lo dispuesto en el art. 65 de la ley 27.423- bien que como pauta referencial y ponderando conjuntamente la calidad y extensión de los trabajos efectuados, el resultado obtenido y los montos comprometidos (art. 16 y ss. de la ley 27.423).

  2. Por lo expuesto, se reducen a 0,50 UMA -equivalentes a doce mil seiscientos ochenta y seis pesos con cincuenta centavos ($

    12.686,50)- los estipendios del letrado...

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