Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 2 de Junio de 2020, expediente FMZ 002250/2017/TO01/15/CFC007
Fecha de Resolución | 2 de Junio de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4
FMZ 2250/2017/TO1/15/CFC7
REGISTRO N° 711/20.4
Buenos Aires, 2 de junio de 2020.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la S.I. por los doctores M.H.B. y J.C., reunidos de manera remota de conformidad, con lo establecido en las Acordadas N° 6/20, 8/20, 10/20, 13/20, 14/20
y 16/20 de la CSJN y Acordadas N° 6/20, 8/20, 10/20,
11/20 y 12/20 de la C.F.C.P., para resolver en la presente causa FMZ 2250/2017/TO1/15/CFC7.
Y CONSIDERANDO:
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Que con fecha 20 de diciembre de 2019 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 de Mendoza, resolvió “…En último término, respecto del pedido de prisión domiciliaria intentado, entendemos que los argumentos vertidos para rechazar el pedido liberatorio son enteramente aplicables para denegar el cumplimiento morigerado de la detención. Las causales objetivas invocadas y la falta de acreditación del peligro de fuga de A.M. impiden acceder a medidas alternativas a la prisión…NO HACER LUGAR al pedido de excarcelación formulado por la defensa del causante D.O.A.M.…”. La defensa había solicitado la excarcelación de su pupilo y, subsidiariamente,
el arresto domiciliario, en sustitución de la prisión preventiva que viene cumpliendo el nombrado.
Contra esa resolución la defensa interpuso recurso de casación, el que fue concedido por el a Fecha de firma: 02/06/2020
Firmado por: B.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA
quo con fecha 7 de febrero de 2020. Para resolver esa impugnación fue desinsaculada esta S.I., en donde con fecha 19 de febrero de 2020 quedó radicado el presente expediente.
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Que posteriormente, en el marco de esta causa -en el incidente FMZ 2250/2017/TO1/18/CFC5 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 de Mendoza, durante la presente feria extraordinaria (cfr. Acordada 6/20 y ss. C.S.J.N.), con fecha 15 de abril de 2020, resolvió “…1) NO HACER LUGAR al pedido de prisión domiciliaria solicitado por la defensa del imputado D.O.A.M.…”.
Contra dicha resolución la defensa interpuso recurso de casación, el que fue concedido con fecha 30 de abril de 2020 y fue remitido a esta Cámara quedando radicado en esta S.I. el 14 de mayo de 2020.
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En virtud de la naturaleza de los objetos procesales del presente incidente y del FMZ
2250/2017/TO1/18/CFC5 corresponde acumularlos para posibilitar un tratamiento conjunto a ambas...
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