Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA, 6 de Julio de 2018, expediente FCR 013712/2016/TO01/14

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 13712/2016/TO1/14 Comodoro Rivadavia, 6 de julio de 2018.-

Y VISTO:

Este INCIDENTE DE APLICACIÓN DE LA LEY 24.390 DE M.I.C.A., D.A.Ñ., S.R.C.Y.A.A.O., Nº FCR 13712/2016/TO1/14, de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia.

Y CONSIDERANDO:

Que atento los vencimientos de las prisiones preventivas impuestas a M.I.C.A., D.A.Ñ., S.R.C. y A.A.O., a fs. 1 se corrió vista al Ministerio Público Fiscal a los efectos previstos en la ley 24.390.-

Que el F. General, por los argumentos que expuso a fs.

2/vta., se opone el cese de la prisión preventiva de los nombrados.-

Que M.I.C.A. se encuentra detenido desde el 5/08/16 (fs. 181, carpeta 1: Caso 63.620), privación legal de la libertad que actualmente se mantiene en virtud del auto de procesamiento con prisión preventiva dictado a su respecto el 2/11/16 (fs. 111/21 de los autos principales), confirmado por la CFACR el 17/04/17 (fs. 381/97 del Legajo de Apelación Nº FCR 13712/2016/5/CA5), de la resolución dictada por el Juez Instructor el 11/11/16 en el Incidente de Excarcelación Nº 1 (fs. 50/1), confirmado el 30/12/16 por la CFACR (fs. 66/vta.) y el 6/04/17 por la CFCP (fs.

101/3vta.) atribuyéndosele a su conducta el delito de trata de persona agravado por haber sido cometido mediante el aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, las víctimas fueron más de tres, participaron 3 o más personas en el hecho investigado y por ser menores de 18 años de edad, previsto en el art. 145 bis y 145 ter inc. 1, 4, 5 y último párrafo del CP, y elevada a juicio por el mismo delito (fs. 552/74vta. del principal).-

Que D.A.Ñ. se encuentra detenido desde el 5/08/16 (fs. 181, carpeta 1: Caso 63.620), privación legal de la libertad que actualmente se mantiene en virtud del auto de procesamiento con prisión preventiva dictado a su respecto el 2/11/16 (fs. 111/21 de los autos principales), confirmado por la CFACR el 17/04/17 (fs. 381/97 del Legajo de Apelación Nº FCR 13712/2016/5/CA5), de la resolución dictada por el Juez Instructor el 11/11/16 en el Incidente de Excarcelación Nº FCR 13712/2016/2/CA3 (fs. 43/4), confirmado el 30/12/16 por la CFACR (fs. 62/3) y el 4/07/17 por la CFCP (fs. 100/3) atribuyéndosele a su conducta el delito de trata de persona agravado por haber sido cometido mediante el aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, las víctimas fueron más de tres, participaron 3 o más...

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