Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 23 de Diciembre de 2016, expediente COM 056280/2008/13/CA006

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala E

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 56280 / 2008 Incidente Nº 13 -: ANTONIO BARILLARI S.A.

s/CONCURSO PREVENTIVO s/INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO POR FALCON, C.G. Y OTRO.

J.. 16 S.. 32 14-15-13 Buenos Aires, 23 de diciembre de 2016.-

Y VISTOS:

  1. La concursada apeló la resolución de fs. 76/9 que admitió la pretensión verificadora deducida por C.G.F. por la suma de $ 28.227,85 con privilegio general y especial; $ 276.128,43 con privilegio general, y $ 118.979,99, con carácter quirografario.

    La fundamentación del recurso surge del escrito de fs. 88, que mereció la réplica de la sindicatura a fs. 97.

  2. a) En el caso, la pretensión verificatoria se encuentra fundada en una sentencia laboral que se halla firme, por lo que las objeciones de Fecha de firma: 23/12/2016 Expte. N° 56280 / 2008 1 Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA #24142414#169003762#20161223115256935 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional la deudora sobre la vía allí elegida para el reclamo resultan inatendibles, pues el fallo reviste los caracteres de inmutabilidad y coercibilidad propios de la "cosa juzgada".

    Máxime, cuando la referida sentencia laboral fue dictada con previa audiencia de la concursada en dicha sede (v. fs. 3/13).

    Por otra parte, la supuesta nulidad de la sentencia debió peticionarse ante el tribunal que la emitió, por ser el indicado para meritar una supuesta irregularidad y no el juez del concurso que no le cupo intervención alguna (cfr. C.. Sala D, "V.O. e hijos s/ quiebra s/ inc. verif. por C., E.", del 4.11.97; íd. Sala B, "Metalúrgica D. s/ concurso preventivo s/ inc. Rev. por la concursada contra el crédito de A.", del 30.3.01; íd. Sala E, "Soluciones Integrales Corporativas S.A. s/ concurso s/ inc. de verificación por C.M.D.", del 20.5.15).

    A todo evento, se observa, de los fundamentos de la resolución de primera instancia que no fueron criticados por la recurrente, que en el incidente número 57378 (hoy 36651/2011) se rechazó la pretensión de pronto pago por tratarse de un crédito controvertido y se indicó que debía recurrirse a los procedimientos específicos de verificación de crédito o promover demanda en sede laboral, cuestión esta última que, tal como se adelantó, se efectuó con éxito en el juzgado...

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