Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 8 de Enero de 2018, expediente FTU 037710/2013/13

Fecha de Resolución 8 de Enero de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO AUTOS: “EXPTE. Nº 37710/2013 – INCIDENTE Nº 13 - DEL PUERTO, L.S. s/ ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS”.-

S. delE., 08 de enero del dos mil dieciocho.-

Y VISTOS:

Para resolver el pedido de homologación del acuerdo efectuado por las partes, en el proceso de juicio abreviado, que obra a fs.

1225 de autos, en la que se imputa a L.S.D.P., alias “El Petiso” y/o “Petinato”, titular del Cédula de Identidad Paraguaya N°

1.155.710, nacionalidad paraguaya, casado, nacido el 28 de diciembre de 1965 en la ciudad de Santa Rosa Misiones de la República del Paraguay, hijo de N.M.D.P., sabe leer y escribir, comerciante, con domicilio en barrio L. de Asunción del Paraguay.-

Y CONSIDERANDO:

I- EXTREMOS FÁCTICOS RECONOCIDOS:

Que el acuerdo referenciado fue suscripto por el Sra. Fiscal General, Dra. I.G., la abogada defensora, Dra. S.A. y el acusado L.S.D.P., solicitando la conclusión jurisdiccional en la presente causa, a tenor de lo dispuesto por el art. 431 bis del C.P.N..-

En la audiencia de rito, en la que actuó como representante del Ministerio Público Fiscal, el Sr. Fiscal Federal Subrogante, Dr.

P.A. y por la defensa técnica del imputado, la Señora Fecha de firma: 08/01/2018 Alta en sistema: 11/01/2018 Firmado por: A.J.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CURA W.P., SECRETARIO #27238788#197077847#20180104121432373 Defensora Pública Oficial, Dra. N.L., el Ministerio Público Fiscal, juntamente con la Defensa, en uso de sus facultades legales. Allí

este Magistrado ha tomado conocimiento de visu del imputado.-

Se precisa el hecho histórico que diera origen a este proceso del siguiente modo: “Se atribuye a L.S.D.P. el haber facilitado el medio de transporte –avioneta- en la que se habría transportado cuatrocientos veintidós kilogramos de marihuana aproximadamente (422 kg.) desde la República de Paraguay hasta la provincia de Santiago del Estero, Argentina, el 9 de diciembre de 2013, operatoria en la que habrían participado R.A.V. como organizador de dicho traslado, A.B. como partícipe de dicho accionar, H.C.D.C. y R.D.C. como facilitadores del lugar para el arribo de la mercadería ilegal”.-

II- PLATAFORMA PROBATORIA:

La veracidad del hecho histórico que dio origen a este proceso y consecuente sustento en la pretensión de ambas partes de la relación procesal, se infiere de modo fehaciente a partir de la ponderación de las siguientes piezas procesales:

La investigación en la presente causa se inicia el 6 de diciembre de 2012 en jurisdicción del Juzgado Federal de Corrientes en virtud de haber recepcionado un informe de Gendarmería Nacional que daba cuenta de una posible organización dedicada al tráfico de estupefacientes en la provincia de Corrientes con vinculación en las provincias de Chaco, Córdoba, Buenas Aires y Formosa –Clorinda-. La obtención de la droga se hacía a través de aeronaves de pequeño porte que trasponían el límite internacional realizando vuelos clandestinos Fecha de firma: 08/01/2018 Alta en sistema: 11/01/2018 Firmado por: A.J.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CURA W.P., SECRETARIO #27238788#197077847#20180104121432373 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO desde República del Paraguay hacia territorio argentino, preferentemente a zonas rurales de las provincias de Corrientes, Santiago del Estero y Santa Fe.- Esta información dio inicio a tareas de investigación ordenadas por el Juez Federal de Corrientes quien dispuso en ese marco, la intervención telefónica de líneas utilizadas por personas sospechadas de formar parte de una organización criminal. De esta manera se pudo comprobar que R.A.V. (a) “Rafa” y A.B., oriundos de Clorinda, provincia de Formosa, interactuaban con personas que residían en Paraguay...

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