Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 13 de Noviembre de 2018, expediente COM 005387/2015/128/CA033
Fecha de Resolución | 13 de Noviembre de 2018 |
Emisor | Camara Comercial - Sala E |
5387 / 2015 Incidente Nº 128 - s/INCIDENTE DE APELACION AUTOTRANSPORTES 12 DE FEBRERO S.A
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E
5387 / 2015 Incidente Nº 128 –TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA
S.A.C.E
-
S/CONCURSO PREVENTIVO s/INCIDENTE DE
APELACION AUTOTRANSPORTES 12 DE FEBRERO S.A
J.S.. 28 15-14-13
Buenos Aires, 13 de noviembre de 2018.-
Y VISTOS:
1) Viene apelada por Automotores 12 de Febrero S.A. la decisión que –en copia- obra a fs. 9,
mantenida a fs. 14, en la que cual el magistrado de grado denegó las medidas solicitadas a fs. 6/8, en relación a los inmuebles de su propiedad.
El recurso se encuentra fundado a fs.
10/13.
2) En el escrito –en copia- obrante a fs.
6/8 la apelante solicitó que el juez del concurso disponga ciertas medidas de “seguridad, vigilancia y prevención” en relación al inmueble de su propiedad, que habría sido oportunamente locado por la concursada para desarrollar en el mismo su actividad principal.
El juez a quo denegó esas medidas pues consideró que el peticionante debía ocurrir por la vía Fecha de firma: 13/11/2018 Expte. N° 5387 / 2015 1
Alta en sistema: 29/01/2019
Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA
Firmado(ante mi) por: M.L.M., PROSECRETARIA DE CÁMARA
5387 / 2015 Incidente Nº 128 - s/INCIDENTE DE APELACION AUTOTRANSPORTES 12 DE FEBRERO S.A
correspondiente, pues la propuesta presentada por la concursada se hallaba homologada.
Al resolver la revocatoria, el magistrado tuvo en consideración, además, que se había declarado incompetente para conocer en el desalojo promovido por la recurrente; por lo que, si bien esa resolución aún no se encontraba firme, no correspondía que se expida en relación a las medidas peticionadas respecto del inmueble objeto de ese juicio.
3) En los autos “Transporte Automotor Plaza SACEI s/ concurso preventivo s/ incidente de desalojo y restitución de inmuebles promovido por Autopartes 12 de Febrero S.A” –Expediente N° 5387/15/124-
esta S. resolvió, recientemente, confirmar la declaración de incompetencia dictada por el juez de grado.
Ello, teniendo en cuenta, principalmente,
que la causa de las obligaciones incumplidas por la concursada corresponde a cuotas vencidas con posterioridad a la presentación en concurso preventivo.
Además, se hizo especial hincapié en el hecho de que el concurso preventivo contaba con acuerdo homologado, lo...
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