Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 16 de Agosto de 2018, expediente CFP 012645/2009/12/CA009

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 12645/2009/12/CA9 Sala II - CFP 12645/2009/12/CA9 DE VIDO, J.M. s/inhibitoria Juzgado 11 - Secretaría 22 Buenos Aires, 16 de agosto de 2018.

VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Que las presentes actuaciones se elevaron a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa técnica de Julio Miguel De Vido, a cargo de los Dres.

    M.R. y H.G.P., contra la decisión adoptada por el Sr. Juez de grado a fs. 25/8 de este incidente, a través de la cual dispuso rechazar el planteo de conexidad por inhibitoria formulado por la parte.

  2. Los fundamentos recursivos encuentran eje en lo que la defensa entiende es una superposición entre los objetos procesales de este expediente y el CFP 5218/2016 que tramita ante el Juzgado n° 9 de este mismo fuero y ciudad. A su entender, los contratos para la construcción de la Central Termoeléctrica Rio Turbio que se investigan en el presente fueron canalizados en muchos casos a través de los Convenios con la Universidad Tecnológica Nacional que son materia de análisis en aquél y sus conexos. Deriva de ello una afectación al derecho de defensa y a la garantía de juez natural y un perjuicio a la celeridad procesal.

  3. Ahora bien. Sobre la cuestión bajo examen, debe decirse que esta Alzada ya había advertido la relación que existe entre los diversos sumarios en que se ventilan las contrataciones celebradas en derredor del Complejo Minero Rio Turbio.

    En una primera oportunidad, y en el marco de este mismo proceso, se entendió necesario realizar “…una decidida e integral profundización de la encuesta a efectos de ahondar debidamente sobre la totalidad de los hechos denunciados y sus circunstancias…”, valorando especialmente cuanto surgía de la presentación de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas de fs. 1106/17, en particular en lo que atañe al expediente CFP 7027/2016, por entonces en trámite ante el Juzgado n° 3, Secretaría n° 6 de este fuero -CFP 12645/09, resuelto el 28 de septiembre de 2016-. Dichas recomendaciones fueron reiteradas en un nuevo pronunciamiento -CFP 12645/09, resuelto el 11 de Fecha de firma: 16/08/2018 Alta en sistema: 17/08/2018 Firmado por: M.I., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.V.L., Secretaria de Cámara #31911483#213691525#20180816105034331 julio de 2017-, pero para esa altura el expediente CFP 7027/2016 -cuyo objeto se vincula con las irregularidades advertidas por la Auditoría...

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