Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL, 26 de Mayo de 2022, expediente FLP 009446/2018/12/CA002

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

FLP 9446/2018/12/CA2

La Plata, 26 de mayo de 2022.

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa registrada bajo el Nº FLP 9446/2018/12/CA2, caratulada:

Incidente N° 12 – Solicitante: S., R. L. – Imputado: S., R. L. y Otros s/ Incidente de Entrega de Bienes Registrables

, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de Lomas de Zamora.

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan los autos a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el doctor E.C.R., en carácter de abogado defensor de R. L. S. -hijo- y en representación de R. L. S. -padre-, contra la resolución del juez de primera instancia que dispuso, en su punto I) “SUGERIR AL TITULAR DE LA

    SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN INTERNA Y HABILITACIÓN DE

    LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, conforme lo establecido por la Acordada Nº 2/2018 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, efectuar la entrega, en carácter de depositario judicial, de conformidad a lo normado por el art. 233 del Código Procesal Penal de la Nación, al Sr. jefe del Escuadrón Operaciones Antidrogas de Gendarmería Nacional y/o personal que este designe, de lo los siguientes vehículos: a. camión marca XXX con dominio XXX y b. XXX dominio XXX”; y en su punto II) que “Una vez recibida la conformidad de la Subdirección de Gestión Interna y Habilitación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se efectuará la respectiva entrega, EN CARÁCTER DE DEPOSITARIO

    JUDICIAL PROVISORIO –según A.N.° 1/13 y 2/2018 del Tribunal Superior, al Sr. Jefe del Escuadrón Operaciones Antidrogas de Gendarmería Nacional y/o personal que este designe”.

    Dicho recurso no cuenta con la adhesión del Fiscal de Cámara Subrogante, doctor D.A.I. y se encuentra fundado en esta instancia a través del memorial sustitutivo de la audiencia a la que se refiere el artículo 454 del C.P.P.N.-

  2. A través de los agravios esgrimidos la defensa postula que la resolución impugnada resulta violatoria del principio de Fecha de firma: 26/05/2022

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.A.D., SECRETARIO DE CAMARA

    inocencia y el derecho de defensa de su asistido, ya que implica un avance sobre el patrimonio del imputado y de grupo familiar, a pesar del estado embrionario en que se encuentra la presente investigación.

    En este sentido, señala que el estado de sospecha al que alude el juez se extendió, incluso, hacia los bienes del padre de su defendido quien, a pesar de no estar siendo investigado en este proceso, “es obligado...

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