Incidente Nº 12 - PROCESADO: MENENDEZ HUGO s/INCIDENTE DE RECUSACION
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2016 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 1 |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 1 CFP 14032/1999/TO1/12 Buenos Aires, 14 de octubre de 2016.-
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa n° 2.653 (14.032/1999) del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1, respecto del planteo recusatorio que efectuara el Sr. Defensor Público Oficial Coadyuvante, D.E.A.C., a cargo de la asistencia técnica de H.M., en el marco del incidente de recusación formado en la causa nº
1.445 (14.032/1999) del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 6, caratulada “MENÉNDEZ, H. y otros s/inf. ley 23.737”.-
Y CONSIDERANDO:
I- Que, a fs. 1/7, el Sr. Defensor Público Oficial Coadyuvante de H.M. recusó a los Dres. J.V.M.S., M. delC.R. y J.L.P., miembros del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 6, invocando la causal de prejuzgamiento, con cita de los artículos 55 del Código Procesal Penal de la Nación, 8. 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, con jerarquía constitucional según lo previsto por el art. 75 -inciso 22°- de la Carta Magna.-
En esa ocasión, la defensa argumentó que en diversos pasajes de la sentencia que dictara dicho tribunal respecto de los consortes de causa de su asistido -R.O.M., A.T., J.D., R.M.L., M.B.L., A.H.R. y O.E.M.- se tuvieron por probadas distintas circunstancias de hecho vinculadas con MENÉNDEZ por las que concluyó que este último había integrado una asociación ilícita con esas personas, de manera tal que había quedado evidenciado un grado de compromiso de los jueces recusados para seguir interviniendo en el proceso, en la medida en que cualquier explicación que pudiera Fecha de firma: 14/10/2016 Firmado por: A.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.V., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: I.L., SECRETARIO DE CAMARA #28907423#164387144#20161014100813749 brindar el imputado, que contrariara la posición asumida por ellos, arrojaba serias dudas acerca de sus posibilidades de obtener un fallo favorable a sus intereses.-
II- Que, a fs. 12/3, obra el decisorio en el que los Sres. Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 6, en la oportunidad prevista por los arts.
57 y 61 del C.P.P.N., admitieron la recusación deducida en tanto y en cuanto, en la sentencia dictada en las actuaciones que nos ocupan el 29 de agosto de 2016, habían emitido opinión acerca...
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