Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 9 de Abril de 2019, expediente CFP 004943/2016/TO01/12

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 4943/2016/TO1/12 Causa n° 2268/18 “L., C.M. y otros s/

inf.Arts. 174 inc. 5 en función del 173, inc. 7° del CP

incidente de excarcelación de C.F. de Sousa-”

T.O.F. 3 Registro n° 8697 Buenos Aires, 9 de abril de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. A fs. 1/10, la defensa de C.F. de S. solicitó su excarcelación, bajo caución juratoria, en virtud de lo estipulado por los artículos 317, inc. 1° y 5° del ordenamiento procesal.

    1. solicitó la morigeración de la prisión preventiva mediante la implementación de alguna medida alternativa menos lesiva a su actual encarcelamiento cautelar.

    Señaló que, teniendo en cuenta la calificación legal asignada al hecho que se le imputa a su asistido, conforme los requerimientos de elevación a juicio, la escala penal aplicable permitiría el otorgamiento del beneficio.

    Añadió que su pupilo ha cumplido en detención un plazo que, en caso de haber existido condena, hubiera permitido obtener su libertad Fecha de firma: 09/04/2019 Alta en sistema: 10/04/2019 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: TOMAS ANDERSON, SECRETARIO DE JUZGADO #33417236#231586290#20190410141158002 condicional, en virtud de las previsiones del artículo 317, inc. 5°, del CPPN.

    Destacó que en el caso, no existe ninguna circunstancia objetiva que pudiera impedir su soltura, máxime considerando que no registra antecedentes condenatorios y no existe ningún indicador que permita acreditar alguno de los peligros procesales regulados en el artículo 319 del ordenamiento procesal.

    Además sostuvo que las partes intervinientes han ofrecido prueba y que la instrucción se encuentra agotada, lo cual impide que esa tarea pueda resultar entorpecida.

    Agregó que su pupilo no sólo cuenta con arraigo suficiente sino que además compareció

    voluntariamente ante las autoridades en las dos ocasiones en las que se dispuso su detención, extremo que, a su entender, descarta cualquier posibilidad de sustraerse del accionar jurisdiccional.

    Señaló que si bien se ha fijado fecha de debate en las presentes actuaciones, dicha circunstancia, de ninguna manera puede obstaculizar el pedido impetrado.

    Dijo que, en caso de recuperar su libertad, De Sousa podría compulsar la documentación obrante en el Tribunal y participar de todas las audiencias de juicio, sin la necesidad de generar el desgaste que apareja cada traslado desde la unidad carcelaria donde se encuentra alojado. Según señala, Fecha de firma: 09/04/2019 Alta en sistema: 10/04/2019 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi)...

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