Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 20 de Septiembre de 2017, expediente FBB 093000001/2012/TO01/114

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE BAHÍA BLANCA - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca Secretaria de Derechos Humanos 93000001/2012/TO1/114 hía Blanca, 20 de septiembre de 2017.

Y VISTOS:

Para resolver en el marco del presente incidente N° FBB 93000001/2012/TO1/114 caratulado: “GONZÁLEZ CHIPONT, JULIO GUILLERMO S/ INCIDENTE DE PRISIÓN DOMICILIARIA”, del registro de la Secretaría de Derechos Humanos de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal.

CONSIDERANDO:

I) Que motiva la intervención de este Tribunal, las presentaciones realizadas por D.. C.B. en su carácter de defensora coadyuvante de J.G.G.C. (cfr. fs. 208, fs. 233 y fs. 238/239), en cuanto propone guardadores en sustitución de los designados oportunamente y solicita el cambio de domicilio de lugar de residencia y cumplimiento de la medida de prisión domiciliaria que goza su defendido.

En tal sentido, ofrece como nuevos guardadores al Sr. J.M.G.C.D. 34.443.937 en carácter de principal y el Sr. H.F.F. DNI 13.021.596 en carácter de sustituto, denunciando como nuevo lugar de residencia de J.G.G.C. el de calle Roca N° 829 Piso 5to. Depto. N° 27 de V.L.P. de Buenos Aires.

II) Que en razón de lo solicitado por la Defensoría Oficial, se ordenó la realización de los informes socio ambientales en los domicilios del Sr. J.M.G.C. (fs. 227/230) y el Sr. H.F.F. (fs. 231/232), los cuales dan cuenta de la aptitud de los nombrados para asumir la responsabilidad de cuidar a J.G.G.C., en los términos del art. 33 de la Ley 24.660.

Del mismo modo, se requirió al “Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, la realización del informe técnico de viabilidad para la implementación del mecanismo de Vigilancia Electrónica, del cual a fs. 240/242 se desprende la aptitud en el nuevo domicilio denunciado, para el funcionamiento de dicho mecanismo.

Fecha de firma: 20/09/2017 Alta en sistema: 22/09/2017 Firmado por: JOSÉ MARIO TRIPPUTI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.B., JUEZ Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.M.P., SECRETARIO #28426781#185921032#20170919153453091 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca Secretaria de Derechos Humanos 93000001/2012/TO1/114 Por lo expuesto, este TRIBUNAL

RESUELVE:

I) DESIGNAR como guardador principal del señor J.G.G.C., a su hijo el Sr. J.M.G.C.D. 34.443.937, con domicilio en la calle J.S.N.° 3850, Olivos, Pcia. de Buenos Aires y como...

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