Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala II, 20 de Octubre de 2015, expediente FLP 040483/2014/11/CA002

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2015
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 40483/2014/11/CA2 Plata, 20 de octubre de 2015.

VISTA: Esta causa, registrada bajo el N° FLP 40483/2014/11/CA2 (Reg. Int. N° 7928), caratulada:

INCIDENTE DE REPOSICIÓN.

, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes, Secretaría N°

  1. Y CONSIDERANDO:

LA JUEZA CALITRI DIJO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Alzada, en virtud de la apelación interpuesta subsidiariamente a fs. 1/7 y vta. por S.

    V., junto con su abogado defensor, D.F.G., contra la resolución glosada a fs. 2986/3007 de los autos principales, que dispuso ordenar la suspensión o cancelación provisoria de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de S.

  2. y el embargo preventivo sobre sus cuentas bancarias y bienes personales.

    El recurso fue concedido a fs. 12/18.

  3. Los agravios del recurrente se centran, en lo sustancial, en que la medida que dispuso la cancelación de la CUIT no resulta ajustada a derecho, toda vez que es violatoria del derecho constitucional de ejercer toda actividad comercial e industria lícita (artículo 14 bis de la C.N.); en la afectación del principio de inocencia (art. 18 C.N), violación de la garantía innominada de razonabilidad (arts. 1, 27, 28, 31 C.N.), y el derecho a tutela judicial efectiva (art. 8 PDCP, art. 25 CADH)

  4. Cabe recordar, que las presentes actuaciones se inician en virtud del escrito presentado a fs. 1/7 y vta. por el S.V., junto con su abogado defensor, el Dr. F. G..

    Allí interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio contra la resolución que dispuso la suspensión o cancelación provisoria de la CUIT de las S T S.A. y T A de V S.A. como así también su clave personal.

    Fecha de firma: 20/10/2015 Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL

  5. El juez de grado decidió no hacer lugar al recurso de reposición solicitado respecto del embargo y la inhibición general de bienes de S.

  6. y conceder el recurso de apelación interpuesto subsidiariamente.

    Asimismo decidió levantar la medida de inactivación y/ o cancelación provisoria de CUIT de S.

    V..

  7. Ahora bien, de conformidad a lo resuelto en el día de la fecha, en el marco del incidente N° FLP 40483/2014/12/CA6 caratulado “Incidente de nulidad”, en el que se dispuso declarar la nulidad de la medida cautelar obrante a fs.

    2986/3007 de los autos principales, el tratamiento del...

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