Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 15 de Agosto de 2019, expediente COM 016230/2015/11/CA004

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F “LOGISTICA FG SRL S/CONCURSO PREVENTIVO S/INCIDENTE DE REMOCION DE SINDICO PROMOVIDO POR LA CONCURSADA”

EXPEDIENTE N° COM 16230/2015/11 Buenos Aires, 15 de agosto de 2019.

Y Vistos:

  1. Apeló la concursada la resolución de fs. 25 que declaró

    abstracta la cuestión pretendida en el presente incidente a partir de las explicaciones brindadas por la Sindicatura en el expediente principal, el pago de la multa allí impuesta por los incumplimientos detectados y la ulterior homologación del acuerdo decidida con fecha 5/10/2018.

    El recurso se sostuvo con la expresión de agravios de fs. 28/30, respondido por la Sindicatura en fs. 34/36.

    A su vez, el Ministerio Público Fiscal tuvo intervención en fs.

    49/50.

  2. Comparte este Tribunal el temperamento pragmático USO OFICIAL adoptado en el grado, cuya confirmatoria también propicia la Sra. Fiscal.

    El relevamiento de la causa principal exhibe que la concursada solicitó en agosto del año pasado la remoción de la sindicatura (fs. 408/9) en función a la incontestación del traslado conferido con fecha 14/6/2018 (fs.

    402) y la intimación sucedánea del 3/7/18 (fs. 405) y por igual omisión en el incidente n° 2 del Gobierno de la Ciudad de Bs. As.

    La evidencia de tal conducta negligente, determinó que el a quo le llamara la atención a la sindicatura (v. fs. 408/9). Luego, frente a nuevas desatenciones en tiempo y forma de sus deberes (v. fs. 419) se le impuso una sanción pecuniaria de $ 5.000 (fs. 421) instándola a contestar la solicitud formulada de apertura de una cuenta corriente no operativa y la conformación de las mayorías previstas por el art. 45 LCQ.

    Fecha de firma: 15/08/2019 Alta en sistema: 16/08/2019 Firmado por: A.N.T., PRESIDENTA DE LA SALA F Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.E., SECRETARIA DE CAMARA #32377010#237866711#20190813141341915 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F La funcionaria excusó sus demoras en problemas de salud, requirió las disculpas del caso y se avino a pagar la multa impuesta en fs.

    426/7. Seguidamente se expidió sobre los temas en pendencia (fs. 429 y fs.

    434) los que motivaron la resolución de fs. 435/7 que trató la cuestión de la cuenta corriente y homologó la propuesta de acuerdo formulada.

    En el escenario preindicado aparece ajustada la decisión en crisis ya que después de dictada la...

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