Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 18 de Mayo de 2020, expediente FPO 000829/2020/1/CA002
Fecha de Resolución | 18 de Mayo de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS
FPO 829/2020/1/CA2
POSADAS, 18 de mayo de 2020.
Y VISTOS: El presente expediente, registro N° FPO
829/2020/1/CA2, caratulado: “LEGAJO DE ACTUACIONES
COMPLEMENTARIAS EN CAUSA B.F.R. Y OTROS
s/HABEAS CORPUS”:
CONSIDERANDO: 1) Que, estas actuaciones arriban al
conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de
apelación de fs. 1/1 vta. articulado por el representante de la Dirección
Nacional de Servicio Penitenciario Federal, Dr. J.G.,
contra el pronunciamiento de fecha 02/03/2020 a fs. 32/40 –FPO Nº
829/2020/CA1 conforme luce en Sistema Lex 100, en el que el
Magistrado hizo lugar parcialmente a la acción de hábeas corpus
colectivo, ordenando al Servicio Penitenciario Federal, bajo
apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias progresivas, arts.
37, 388 y 398 CPCCN y dar intervención al Ministerio Publico Fiscal
a tenor de los arts. 180 CPPN y 239 CP, se asignen 15 plazas en el
término de 35 días de recibido el requerimiento en las unidades que
cuenten con cupo disponible para el alojamiento de W. L. Melgarejo
Gayardo; D.A.R.;
I.F.; D.G.; M. L.
Giménez Torres; F.R.B.; W.G.T.C.; V. A.
González; J.V.; R.F.R.; A.M.S.D.S.; A.
William Zittlau; S.P.; J.G.C. y B. G.
Marsessian.
Asimismo, ordenó al Escuadrón 13 Iguazú de Gendarmería
Nacional el estricto cumplimiento de las Reglas Mínimas para el
Tratamiento de Reclusos en especial las números 13; 14; 15; 16; 18;
19; 21 y 22.
Fecha de firma: 18/05/2020
Alta en sistema: 20/05/2020
Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.T. DE SKANATA, JUEZ DE CAMARA
Firmado(ante mi) por: DRA. M.C.R.B., Secretaria #34709631#259053326#20200518195036417
También ordenó al Ministerio de Seguridad de la Nación y a la
Gendarmería Nacional provean al Escuadrón 13 Iguazú, los medios
económicos pertinentes para: 1. la adecuada provisión de elementos
de higiene personal y ambiental de los detenidos allí alojados; 2. que
en el término de 3 meses se efectúen las modificaciones
correspondientes para que el sector de baños cuente con un inodoro;
y, 3. el uso de la línea telefónica también para llamadas salientes,
debiendo registrar las llamadas que se efectúen y reciban para futuros
controles.
Requiriendo al Escuadrón 13 Iguazú un informe pormenorizado
y circunstanciado acerca del cumplimiento de lo aquí ordenado y/o de
toda modificación relevante en orden a las condiciones de detención
de los...
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