Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 6 de Diciembre de 2019, expediente COM 014161/2018/1

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B 14161/2018/1 – CORPORACIÓN RIO LUJAN S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO S/ INCIDENTE LEVANTAMIENTO DE MEDIDAS CAUTELARES Juzgado N° 16- Secretaria N° 32 Buenos Aires, 6 de diciembre de 2019.

Y VISTOS:

En atención a la índole y extensión de los trabajos realizados que originaron la resolución de fs. 186 –que confirmó el modo en que fueron impuestas las costas a cargo del incidentista tardío-: se fijan en uno con treinta centésimos de UMA (1,30) equivalentes a tres mil setecientos setenta y dos pesos con sesenta centavos ($ 3..772,60) los honorarios del letrado P.A.P.; y en cincuenta y tres centésimos de UMA (0,53) equivalentes a un mil quinientos treinta y ocho pesos con seis centavos ($ 1.538,06) para la sindicatura a cargo del Estudio D.C., S. y Asoc. (arts. 30 de la ley 27.423; Ac. 30/19).

P. a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose al Sr. Juez a quo...

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