Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 14 de Junio de 2018, expediente CIV 068079/2015/1/CA003
Fecha de Resolución | 14 de Junio de 2018 |
Emisor | Camara Civil - Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I Expte. n° 68.079/2015/1 (J. 104)
Autos: “Beneficio de litigar sin gastos - en autos: ‘T., C.G. c.K., G.R. y otro s/ Nulidad de acto jurídico’”
Buenos Aires, junio 14 de 2018.-
Por recibido.
AUTOS, VISTOS
Y CONSIDERANDO:
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La sentencia interlocutoria dictada a fs. 221 fue apelada a fs.
224 por la actora. El memorial de agravios se agregó a fs. 229/230 y no fue contestado. También fue apelada a fs. 226 por la aseguradora citada en garantía. Sin embargo, al no haber fundado el recurso res-
pectivo, que fue concedido a fs. 227, se lo declaró desierto en los tér-
minos que señala el artículo 246 del Código Procesal (fs. 243).
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De las declaraciones testificales obrantes a fs. 1/3 y 4/6 se desprende que la señora C.G.T. tiene dos hijas; que fue docente; que ejerció esa profesión hasta que fue designada direc-
tora; y que vive en un departamento de los denominados “PH” ubi-
cado en Villa Pueyrredón de esta ciudad.
Las declaraciones juradas de fs. 17 y vta. y 53/54 -ésta última presentada hace más de dos años y medio- brindan otras precisiones:
que el referido inmueble, ubicado en la calle G. nº 2856, no es propio sino alquilado a razón de un canon que por entonces as-
cendía a $ 4000.-; que trabaja en relación de dependencia en el Ser-
vicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria -en adelante, SENASA-; que sus ingresos al mes de julio de 2015 ascendían a $
19.574,72.- (fs. 7); que fue titular de un Volkswagen Suran, modelo 2009, que luego vendió porque, según dijo, no estaba en condiciones de proveer a su mantenimiento; que el grupo familiar solía veranear en el pueblo bonaerense de Roberts, donde vive su madre, aunque la actora reconoció que en enero de 2015 viajó a la República Oriental Fecha de firma: 14/06/2018 Alta en sistema: 15/06/2018 Firmado por: P.M.G. -P.E.C. -F.P.S. #27603559#208931857#20180613120931448 del Uruguay invitada por amigos, y que asimismo visitó durante dos días Chile; y que es titular de dos cuentas en los Bancos Patagonia y Nación, como así también que dispone de dos tarjetas de crédito expe-
didas por dichas entidades. Estos datos, incluso, han sido en líneas generales confirmados con las declaraciones testificales acompañadas por el demandado a fs. 105, 106 y 107 (fs. 108).
Es de destacar, sin embargo, que este último adjuntó los infor-
mes de dominio de fs. 130/131 y 137/139, de los que resulta que a-
quella es titular de una parcela en la provincia de Buenos...
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