Incidente Nº 1 - QUERELLANTE: AFIP-DIRECCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL IMPUTADO: UNO BIENES RAICES S.R.L. Y OTROS s/INCIDENTE DE EXTINCION DE LA ACCION

Fecha17 Octubre 2023
Número de registro433
Número de expedienteFSM 044249/2022/1/CA001

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

Causa FSM 44249/2022/1/CA1 Carátula: “Incidente Nº 1 -

QUERELLANTE: AFIP-DIRECCIÓN GENERAL DE LOS

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL IMPUTADO: UNO

BIENES RAICES S.R.L. Y OTROS s/INCIDENTE DE

EXTINCION DE LA ACCION”, del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nro. 1 de San Isidro, Secretaria Nro. 3

Registro de Cámara: 10.832.

M., 17 de octubre de 2023.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a estudio del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la querella –Administración Federal de Ingresos Públicos-,

    representada por la Dra. D.P.T., con el patrocinio letrado del Dr. N.S., contra la decisión que declaró

    parcialmente extinguida la acción penal por prescripción, en relación a los hechos constitutivos del delito previsto y reprimido en el artículo 5to. de la ley 27.430, por los ejercicios fiscales 08/2016 a 03/2017 –ambos inclusive- y dictó

    el sobreseimiento de N.A.S., J.O.A. y de la persona jurídica UNO BIENES RAICES S.R.L. -CUIT

    30-71123770- (artículos 59 inciso 3°, 62 inciso 2°, 63 y 67 del Código Penal y 337 en función del 336, Inc. 1° y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación).

  2. El recurrente estimó errado el criterio asumido por la instancia de grado, al considerar que, en el caso que nos ocupa, la acción penal respecto de los periodos objetados se vio sucesivamente interrumpida por la comisión de otro delito, sin la ley exija condena por ese nuevo hecho ilícito.

    Citó antecedentes jurisprudenciales dando sustento a su pretensión.

    -1-

    Fecha de firma: 17/10/2023

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.A.L., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

    Causa FSM 44249/2022/1/CA1 Carátula: “Incidente Nº 1 -

    QUERELLANTE: AFIP-DIRECCIÓN GENERAL DE LOS

    RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL IMPUTADO: UNO

    BIENES RAICES S.R.L. Y OTROS s/INCIDENTE DE

    EXTINCION DE LA ACCION”, del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nro. 1 de San Isidro, Secretaria Nro. 3

    Registro de Cámara: 10.832.

    Aclaró, también, que no desconocía la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la temática (Fallos 312:1351, 322:717, entre otros). Sin embargo, consideró que resulta ilusorio pretender que, para que configure la causal de interrupción por la comisión de otro delito, se exija sentencia firme, entre otras consideraciones.

    Subsidiariamente, sostuvo que los hechos aquí

    atribuidos constituyen un delito continuado. Al respecto,

    refirió que el comportamiento asumido por los denunciados fue “ejecutado con el concurso de una única resolución”, “los hechos contrarios a derecho se hallan jurídicamente vinculados” y “la norma lesionada y el sujeto pasivo del delito (…) coinciden en cada uno de los comportamientos ventilados”.

    Concluyó que la práctica atribuida, no obstante importar varias acciones, constituye un solo delito, en tanto estas se exhiben como dependientes unas de otras, citando antecedentes jurisprudenciales que, en principio, daban sustento a su pretensión.

  3. Analizadas las constancias que abastecen la pretensión recursiva objeto de estudio, se adelanta que la queja articulada no tendrá recepción favorable en esta instancia.

    Al respecto, la parte no ha brindado argumentos novedosos ni suficientes para rebatir o conmover la doctrina que -2-

    Fecha de firma: 17/10/2023

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.A.L., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

    Causa FSM 44249/2022/1/CA1 Carátula: “Incidente Nº 1 -

    QUERELLANTE: AFIP-DIRECCIÓN GENERAL DE LOS

    RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL IMPUTADO: UNO

    BIENES RAICES S.R.L. Y OTROS s/INCIDENTE DE

    EXTINCION DE LA ACCION”, del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nro. 1 de San Isidro, Secretaria Nro. 3

    Registro de Cámara: 10.832.

    el Tribunal cimero ha brindado en torno al alcance del artículo 67, sexto párrafo, inciso “a”, del Código Penal en el antecedente “R.” que postula que “...la prescripción de la acción penal corre y se opera en relación a cada delito aun cuando exista concurso de ellos (Fallos 186:281; 201:63;

    202:168; 212:324 y 305:990). De ahí se deriva que no se acumulen las penas a los efectos del cómputo del plazo pertinente y que éste sea independiente para cada hecho criminal, en tanto también lo sean ellos. Asimismo, entre sí no tienen carácter interruptivo, de no mediar una sentencia judicial firme que declare su realización y atribuya responsabilidad al mismo encausado...” (Cfr. Fallos: 312:1351).

    Idéntica interpretación ha mantenido inveteradamente la instancia casatoria en la totalidad de sus Salas (Sala I, causa N° 6168, “RASO, E.T. s/recurso de casación”, Reg.

    7807, Rta. el 30/06/05; causa N° 7886, “GARCIA, C.A. s/recurso de casación”, Reg. N° 10.789, Rta. el 07/08/07; causa N° 13.590, “SCHLENKER, A. s/recurso de casación”, Reg.

    18.057, Rta. el 22/06/11; Sala II, causa N° 6103, “ALVAREZ,

    S. s/recurso de casación”, Reg. N° 8054, Rta. el 28/10/05;

    causa N° 7134, “CHMEA, A. s/recurso de casación”, Reg.

    10926, Rta. el 16/11/07; causa N° 10.252, “ONTIVEROS, J.M. s/recurso de casación”, Reg. N° 16.363, Rta. el -3-

    Fecha de firma: 17/10/2023

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.A.L., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3

    Causa FSM 44249/2022/1/CA1 Carátula: “Incidente Nº 1 -

    QUERELLANTE: AFIP-DIRECCIÓN GENERAL DE LOS

    RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL IMPUTADO: UNO

    BIENES RAICES S.R.L. Y OTROS s/INCIDENTE DE

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    Registro de Cámara: 10.832.

    03/05/10; y causa N° 12.932, “ARANO, M.A. s/recurso de casación”, Reg. N° 19.641, Rta. el 30/12/11; Sala III, causa N°

    12.643, “ALMARAZ, H.A. s/recurso de casación”, Reg.

    167/11, Rta. el 11/03/11; causa N° 16.594, “PEREZ, J.C. s/recurso de casación”, Reg. N° 47/13, Rta. el 8/02/13; causa N°

    16.183, “FRANCAVILLA, S.G., Reg. N° 99/13, Rta. el 25/02/2013; y causa N° 16.051, “ARECHA, S.C. s/recurso de casación”, Reg. N° 625/13, Rta. el 02/05/2013; Sala IV, CCC 7287/2014/7/CFC1, “El Cóndor Empresa de Transporte y otros s/ recurso de casación”, Reg. Nro. 2407/19, Rta. el 27/11/2019; CPE 1558/2014/6/CFC3, “V., J.C. s/

    recurso de casación”, Reg. Nro. 2548/19, Rta. el 5/12/2019; FMP

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