Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A, 1 de Febrero de 2018, expediente CPE 001484/2013/1/CA001

Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2018
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA A CPE 1484/2013/1/CA1 Reg. Interno N° 18/2018 INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS DE G., E. EN AUTOS “G., E. SOBRE INFRACCION LEY 24769

CPE 1484/2013/1/CA1, Orden N° 31.248, Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 9, Secretaría N° 17, S. “A”.

fhb (mlb)

Buenos Aires, 1° de febrero de 2018.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por los representantes de la Administración Federal de Ingresos Públicos contra la resolución del juez a quo que dispuso que su representada deberá afrontar el pago de los honorarios por la actuación profesional de la traductora pública S.M.

CONSIDERARON:

Los Dres. H. y B.:

Que la resolución recurrida se funda en que, provisoriamente, le corresponde a la Administración Federal de Ingresos Públicos, en calidad de querellante, abonar los honorarios regulados a la traductora pública S.

M. Entendió el juez que la necesidad de acudir a una traductora devino de una omisión de dicho organismo.

Que asiste razón a los apelantes en que los instrumentos objeto del trabajo pericial no fueron incorporados a pedido de su representada y en que la traducción fue encomendada por el juez de primera instancia.

Que, en esas condiciones y hasta tanto se determine quién debe cargar con las costas del proceso corresponde que el Poder Judicial se haga cargo de la erogación.

Por lo que corresponde revocar la resolución apelada.

El Dr. Repetto:

Que concuerdo con mis colegas preopinantes en cuanto a que corresponde revocar la resolución del juez de primera instancia que dispuso que la Administración Federal de Ingresos Públicos deberá

abonar los honorarios regulados por la traductora pública S. M.

Fecha de firma: 01/02/2018 Alta en sistema: 06/02/2018 Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.S.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.N., SECRETARIA DE CAMARA #29914149#197408720#20180201114056004 Sólo considero necesario agregar que, toda vez que la tarea realizada por la perito traductora fue requerida de oficio por el juez a quo de acuerdo a las facultades que se le confieren por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR