Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 16 de Diciembre de 2019, expediente CFP 006210/2004/TO01/1

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3 CFP 6210/2004/TO1/1 Legajo n° 236/P de suspensión de juicio a prueba de R.D.S. T.O.F. nro. 3.

Registro nro. 9229 Buenos Aires, 16 de diciembre de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

A fs. 199/203, este Tribunal suspendió

el proceso a prueba por el término de un año respecto de R.D.S. y dispuso que, durante dicho lapso, fije residencia, se someta al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de la Ejecución Penal, y realice tareas comunitarias no remuneradas, por un total de ciento cuatro horas (arts. 27 bis, incs. 1° y , 76 bis y ter del Código Penal).

Asimismo, se intimó al nombrado a que abone a L.A.V. la suma de sesenta mil pesos ($60.000), en seis cuotas mensuales y consecutivas de diez mil pesos ($10.000), en concepto de reparación del daño, así como también al Banco de la Nación Argentina la suma de sesenta mil pesos ($60.000), en seis cuotas mensuales y consecutivas de cinco mil pesos ($5.000) y dos cuotas mensuales y consecutivas de quince mil pesos ($15.000), en concepto de reparación del daño.

Conforme surge de los comprobantes aportados y los informes elaborados por la Dirección de Control y Asistencia de la Ejecución Penal, R.F. de firma: 16/12/2019 Alta en sistema: 23/12/2019 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.M.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.L.G., SECRETARIO DE JUZGADO #15757366#251604953#20191223154520190 D.S. cumplió con las reglas de conducta y los pagos en concepto de reparación (cfr. fs. 218/221, 226/229, 233, 235/242, 243/247, 248/252, 253/257, 258/260, 263/266 y 268/269).

En virtud de ello, toda vez que S. no cometió ningún delito durante el plazo por el que se suspendió el proceso a prueba...

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