Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 26 de Octubre de 2020, expediente CPE 000439/2020/1/CA001

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE INCOMPETENCIA FORMADO EN LA CAUSA N° CPE 439/2020, CARATULADA: “N.N.

S/ INFRACCIÓN LEY 24.769”. J.N.P.E. 4, SECRETARÍA N° 8. EXPEDIENTE N° CPE 439/2020/1/CA1.

ORDEN N° 30.141. SALA “B”.

Buenos Aires, de octubre de 2020.

VISTOS:

La cuestión de competencia suscitada entre los Juzgados Nacionales en lo Penal Económico Nos. 4 y 6.

La presentación efectuada el 19/10/2020, por la cual la representación del Ministerio Público Fiscal ante esta instancia contestó la vista conferida.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) La causa principal a la cual corresponde este incidente se inició

    con motivo de la denuncia formulada por H.D.G., en el carácter de presidente de D.E.

    1. S.A. a partir de las inconsistencias detectadas en los montos de facturación de la sociedad mencionada. Puntualmente, relató que: “...a través de la información contenida en el sitio web de AFIP, aplicación ‘mis comprobantes’, pudo establecerse que al menos durante el período comprendido entre el 01 de octubre y el 30 de abril de 2020, inclusive, se confeccionaron facturas de ventas apócrifas por la suma neta de pesos dieciséis millones cuatrocientos noventa y tres mil ciento cincuenta y uno, con sesenta y un centavos ($ 16.493.151,61.-), que generaron un IVA Débito Fiscal por la suma de pesos tres millones cuatrocientos treinta y ocho mil trescientos sesenta y uno, con ochenta y cinco centavos ($3.438.361,85.-), y notas de créditos apócrifas por la suma neta de pesos dos millones ciento noventa y seis mil novecientos diez ($2.196.910.-), que generaron IVA Crédito Fiscal por pesos cuatrocientos sesenta y un mil trescientos cincuenta y uno, con diez centavos ($461.351,10.-). Según surge de la información contable y registros de la empresa no existe constancia alguna de dichas operaciones en el libro Sub diario Ventas ni en el Libro Diario de la Sociedad…”.

  2. ) Por otro lado, la causa N° CPE 165/2020 del registro del Fecha de firma: 26/10/2020

    Alta en sistema: 27/10/2020

    Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.L.B., SECRETARIA DE CAMARA

    Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 6, se inició con motivo de la denuncia formulada por H.D.G., en el carácter de presidente de N. S.A. a partir de la detección de inconsistencias similares en la facturación de la empresa mencionada. En aquella oportunidad manifestó, además, que en su carácter de presidente de distintas empresas que preside, las cuales formaban...

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